Diego es un trabajador que trabajaba como cartonero en el Régimen General de la Seguridad Social. Tras varios meses de lucha, ha conseguido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total.
Ha necesitado acudir a la vía judicial para conseguir la incapacidad permanente total, ya que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) consideraba que no cumplía con los requisitos necesarios para reconocerle la pensión.
Incapacidad permanente total por lumbalgia
El caso de Diego vuelve a poner de manifiesto las dificultades y trabas que encuentran muchos trabajadores en España para conseguir el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por la vía administrativa.

Tal y como hemos comentado previamente, Diego trabajaba como cartonero dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Sin embargo, empezó a padecer una serie de dolores de espalda en la zona lumbar. Se trata de una serie de dolores que le impedían realizar su trabajo con normalidad.
Debido a esta situación, Diego acudió al servicio de traumatología y comenzó a recibir tratamiento. No obstante, a pesar del seguimiento efectuado por los especialistas, no obtuvo la rehabilitación esperada.
En este sentido, Diego agotó todos los tratamientos y vías terapéuticas posibles sin obtener mejoría. Y, precisamente, este es uno de los requisitos básicos para obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en España.
El INSS le denegaba la pensión
Desde ‘Velázquez & Villa Abogados’, especialistas en incapacidad laboral, explican que «debido a estas condiciones, le resultaba imposible seguir desempeñando su profesión habitual».
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Ante ello, Diego optó por solicitar el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual. Tras analizar los informes médicos y estudiar el caso de Diego, el INSS le denegó la incapacidad laboral permanente total.
La denegación de la incapacidad total fue un duro palo, aunque Diego decidió acudir a la vía judicial para luchar por su incapacidad permanente total. Para ello, contó con el asesoramiento y defensa de los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’.
El grupo de abogados que llevaron su caso estudiaron previamente la viabilidad de éxito y consideraron que a Diego le correspondía, al menos, el reconocimiento de una incapacidad permanente. De hecho, el juez dio la razón a Diego y le concedió el derecho a cobrar la pensión de incapacidad permanente.
Generalmente, el reconocimiento de una incapacidad permanente total implica el derecho a cobrar una pensión contributiva con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. No obstante, desde Tododisca debemos aclarar que también es posible cobrar una pensión equivalente al 75% de la base reguladora con una incapacidad permanente total.
Esto ocurre cuando la persona beneficiaria de la incapacidad permanente total tiene está en paro y tiene 55 años o más. Dicha situación recibe el nombre de incapacidad permanente total cualificada. Eso sí, la incapacidad permanente total cualificada es totalmente incompatible con el desempeño de cualquier actividad laboral.




