Los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ han informado sobre una sentencia judicial en la que se ha reconocido a un trabajador una incapacidad permanente total por hipoacusia progresiva. Todo ello, a pesar de que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le denegó el derecho a la pensión.
Este ciudadano trabajaba en el sector de la construcción adscrito al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y padecía hipoacusia. En este caso, la hipoacusia había evolucionado desfavorablemente y se incrementó a lo largo de los años.
Incapacidad permanente total por hipoacusia
Debido a esta situación, el trabajador decidió solicitar el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, el INSS denegó la solicitud al considerar que el trabajador no cumplía con los requisitos mínimos para tener derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente total.
Hay que recordar que las pensiones de incapacidad permanente tienen como objetivo proteger económicamente a un trabajador cuando presenta limitaciones para desempeñar su profesión habitual o cualquier actividad laboral, a causa de una lesión o enfermedad.
Ante la denegación por parte de la Seguridad Social, este trabajador puso su caso en manos de ‘Velázquez & Villa Abogados’. Tras estudiar la viabilidad, los abogados decidieron acudir a la vía judicial para pelear la pensión de incapacidad permanente.
Finalmente, el juez ha estimado las pretensiones de la parte demandante y ha otorgado al trabajador el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente total. La cuantía de la pensión en una incapacidad permanente total, en la mayoría de los casos, es equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador.
Los pretextos del INSS para no reconocer la incapacidad permanente
Según informan desde ‘Velázquez & Villa Abogados’, «el INSS argumentó en el juicio que, precisamente, al ser autónomo y al entenderse que no trabajaba en una plantilla, no tenía que comunicarse con ningún otro trabajador ni con nadie más».
Además, también argumentaban que el trabajador había padecido hipoacusia desde hace varios años y había estado desempeñando su profesión. En base a su criterio, entendían que no existían limitaciones ni ningún tipo de problemas para que el ciudadano siguiera trabajando como autónomo en el sector de la construcción.
A veces, los pretextos y argumentos del INS para no reconocer una incapacidad permanente a un trabajador resultan surrealista. Por ello, son muchos los trabajadores que logran el reconocimiento de su pensión de incapacidad permanente por la vía judicial.
Respecto a este caso particular, los abogados de ‘Velázquez & Villa’ exponen lo siguiente: «Nosotros argumentamos que la dolencia de hipoacusia del trabajador había aumentado en los últimos años y no era la situación de hace unos años cuando podía seguir trabajando con normalidad».
Además, también pusieron sobre la mesa que la profesión habitual de este trabajador implica cierto riesgo. No tener plena capacidad auditiva puede ocasionar que se produzcan accidentes en los que salga perjudicado el trabajador u otras personas.
El juez consideró los argumentos de la parte demandante y determinó que el trabajador cumplía con los requisitos necesarios para cobrar una pensión de incapacidad permanente total.




