• Abogados de Fidelitis
  • Grado mínimo de discapacidad
  • Parálisis cerebral
  • Marta Sevilla
  • Pensión
  • Síndrome de Down
Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Prestaciones
  • Sociedad
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Prestaciones
  • Sociedad
Tododisca

Este es el documento que debes presentar en el primer trimestre de 2026 para no perder la pensión no contributiva

Las personas beneficiarias de la pensión no contributiva tienen la obligación de presentar la Declaración Anual de Rentas ante el IMSERSO

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
09/01/2026 21:34
Publicado en Prestaciones
Documento clave para no perder la pensión no contributiva

Documento clave para no perder la pensión no contributiva./ Licencia Adobe Stock

Abogados de Fidelitis explican en qué caso se puede lograr una incapacidad permanente por una ciática
Grado mínimo de discapacidad para solicitar una pensión en España

Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva tienen la obligación de presentar un documento clave para no perder el derecho a cobrar la pensión. Hablamos de la Declaración Anual de Rentas y se debe presentar ante el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) antes del 31 de marzo de 2026.

La Declaración Anual de Rentas es un documento diferente a la Declaración de la Renta correspondiente a la Agencia Tributaria. Esto es algo que deben tener en cuenta las personas perceptoras de una pensión no contributiva en España.

Declaración de Rentas para no perder la pensión no contributiva

Desde el IMSERSO explican que «las personas beneficiarias de pensión en su modalidad no contributiva están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso».

PUBLICIDAD

Uno de los requisitos básicos para cobrar la pensión no contributiva, tanto de jubilación como de incapacidad, es acreditar una situación de carencia de rentas. Para renovar el derecho a cobrar la pensión no contributiva, es necesario que el ciudadano siga cumpliendo con los requisitos que dieron origen al reconocimiento de la pensión.

En este sentido, para acreditar que el ciudadano sigue cumpliendo con el requisito de carencia de rentas, es obligatorio presentar la Declaración Anual de Rentas o Ingresos durante el primer trimestre de cada año. En este caso, las personas beneficiarias deberán presentar el documento antes del 31 de marzo de 2026.

Hay que tener en cuenta que en este año 2026 se ha aprobado una subida del 11,4% en la cuantía de la pensión no contributiva. Este aumento también provoca una subida en el importe considerado como límite de ingresos para tener derecho a cobrar la pensión.

Consecuencias por no presentar la Declaración de Rentas

No presentar a tiempo la Declaración Anual de Rentas puede tener consecuencias importantes para la persona beneficiaria de la pensión. Entre otras cosas, el SEPE procederá a suspender el pago de la pensión. Esto constituye un perjuicio importante, puesto que las personas que cobran la pensión no contributiva son ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica.

La rehabilitación del pago de la pensión no contributiva solamente se llevará a cabo cuando el ciudadano presenta la Declaración Anual de Rentas y, efectivamente, acredita que cumple con todos los requisitos para seguir percibiendo la prestación.

Generalmente, el órgano competente de la gestión de las pensiones no contributivas remite al ciudadano el formulario para presentar la Declaración Anual de Rentas. Así, el pensionista tendrá la obligación de presentar el documento durante el primer trimestre del año.

Como conclusión, los profesionales del IMSERSO recuerdan a los ciudadanos que «en el procedimiento de revisión anual se procede a establecer la cuantía definitiva del año anterior y determinar la cuantía para el año en curso en base a los datos económicos y de convivencia declarados por el titular de pensión para dichos años, así como regularizar los importes de pensión percibidos».

Temas: Pensión

Noticias relacionadas

Abogados de Fidelitis explican en qué caso se puede lograr una incapacidad permanente por una ciática
Prestaciones

Abogados de Fidelitis explican en qué caso se puede lograr una incapacidad permanente por una ciática

Grado mínimo de discapacidad para solicitar una pensión en España
Prestaciones

Grado mínimo de discapacidad para solicitar una pensión en España

Álvaro González, joven con discapacidad pension
Discapacidad

Álvaro González, joven con discapacidad: «Cobrar una pensión no significa que esté todo cubierto»

Pensión del IMSERSO para personas que no han cotizado lo suficiente
Discapacidad

El IMSERSO ofrece una pensión de 628 euros mensuales para personas que no han cotizado lo suficiente

Discapacidad

Rob Paylor, joven con lesión medular, logra ponerse de pie sólo tras más de 8 años de rehabilitación

Discapacidad

Casos en los que niños menores de 3 años pueden ser titular de una tarjeta de aparcamiento PMR

Prestaciones

Abogados de Fidelitis explican en qué caso se puede lograr una incapacidad permanente por una ciática

Prestaciones

Grado mínimo de discapacidad para solicitar una pensión en España

Discapacidad

Las secuelas de ‘Pablito’, un «auténtico guerrero» contra la meningitis: parálisis cerebral, baja visión y epilepsia

  • Sitemap
  • Quienes somos
  • Buenas prácticas
  • Aviso legal
  • Contacto
  • Política de cookies y privacidad
  • Mapa de Sitio
  • Política de correcciones

© 2026 Tododisca.es de la empresa Tododisca SL, es un medio de comunicación especializado en discapacidad, accesibilidad y personas mayores con sede en Avda. Tío Pepe 2, local 3, 11407, Jerez de la Frontera (Cádiz), España - Marca registrada en OEPM

No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Prestaciones
  • Sociedad

© 2026 Tododisca.es de la empresa Tododisca SL, es un medio de comunicación especializado en discapacidad, accesibilidad y personas mayores con sede en Avda. Tío Pepe 2, local 3, 11407, Jerez de la Frontera (Cádiz), España - Marca registrada en OEPM