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Una asesora del SEPE aclara si es compatible el subsidio por desempleo con ingresos derivados de un trabajo

El subsidio por desempleo requiere cumplir las condiciones del SEPE para ser concedido a cada persona que lo solicite

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
24/01/2026 20:00
Publicado en Prestaciones
Una asesora del SEPE aclara si es compatible el subsidio por desempleo con ingresos derivados de un trabajo

Compatibilidad del subsidio por desempleo con el trabajo, según el SEPE

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El subsidio por desempleo es un ayuda que concede el Ministerio de Trabajo y Economía Social, mediante el Servicio Estatal de Empleo Público -SEPE- a quienes no gozan del derecho a prestación contributiva, la han agotado o se encuentran en alguna de las situaciones protegidas por el subsidio de desempleo.

Entre estas situaciones, el SEPE menciona el hecho de ser mayor de 52 años, ser persona emigrante retornada, ser víctima de violencia de género o sexual u optar a una ayuda de carácter agrario. No obstante, para ser beneficiario de este subsidio, el organismo estatal establece una lista de requisitos que se han de cumplir.

Estar en situación de desempleo, haber trabajado durante un tiempo mínimo, estar inscrito como demandante de empleo y no estar en situación de incapacidad temporal o no haber alcanzado la edad para jubilarse son las condiciones de las que habla el SEPE para recibir el subsidio por desempleo, que abarca diferentes ayudas en función de la situación de cada solicitante.

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Subsidio por desempleo e ingresos de un trabajo

En el programa Madrid Trabaja, de la cadena televisiva local TeleMadrid, María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, ha aclarado la posibilidad de recibir un subsidio por desempleo y, de forma simultánea, ingresar una determinada cantidad de dinero fruto de la actividad laboral.

La duda, procedente de un telespectador, se sustenta en conocer si es viable la compatibilidad entre ser beneficiario del subsidio por desempleo y, a su vez,  realizar un trabajo donde procede a cobrar «algo más de novecientos euros al mes», concretamente, 973 euros mensuales.

Ante esta tesitura, la asesora del SEPE ha explicado que esa situación sí es posible siempre que ese «subsidio sea posterior al 1 de noviembre de 2024». Esto se debe, según detalla la experta, que «entonces lo que cobrarías sería el CAE«, que es el Complemento de Apoyo al Empleo, también gestionado y cuya concesión es competencia del Servicio Público de Empleo.

Esta modalidad, por tanto, «sí permite seguir cobrando parte de la prestación aunque tu salario, del trabajo en el que estás, sea superior al límite de rentas«, fijado en 888 euros. Sin embargo, continúa la asesora, «si lo que estás cobrando es un subsidio que nació antes del 1 de noviembre de 2024 no podrías porque se rige por el sistema anterior de compatibilidad», informa Gómez.

En ese escenario «sí que vamos a tener en cuenta para el cálculo de rentas ese salario que supera con creces el límite de rentas», que supone el 75% del Salario Mínimo Interprofesional -SMI-. Esto se debe a que en esa fecha se produjo una modificación en «la regulación de los subsidios«, define este programa.

Solicitud de subsidio por desempleo

A la hora de cobrar esta ayuda del Servicio Público de Empleo -SEPE-, el propio organismo advierte de que se pueden dar diferentes situaciones de cobrar la prestación contributiva o el subsidio por desempleo. Entre ellas, se menciona la posibilidad de haber trabajado durante más de un año o menos de un año o haber sufrido un ERE o ERTE de la empresa.

Por tanto, para la concesión del subsidio por desempleo por cotizaciones insuficientes, el SEPE aclara que el solicitante debe encontrarse en situación legal de desempleo, por lo que, en el momento de rogar esta ayuda, no puede estar trabajando.

Además, añade el hecho de tener cotizados al menos tres meses, si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene y, finalmente, quien rellene el formulario, también deberá «tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días para tener derecho a una prestación contributiva», subraya el Servicio Público de Empleo Estatal sobre el subsidio por desempleo.

Temas: dineroEspañaSEPESubsidio

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