La pensión por incapacidad permanente es una de las prestaciones más relevantes del sistema público, ya que protege a quienes han visto reducida de forma significativa su capacidad para trabajar. Aunque la cuantía habitual de esta ayuda se sitúa en el 55% de la base reguladora, existe un supuesto concreto que permite elevar el importe mensual hasta el 75%, lo que supone un aumento directo del 20%.
Este incremento no se concede de forma automática ni generalizada. Está pensado para perfiles muy concretos de pensionistas y responde a la dificultad real de reincorporarse al mercado laboral en determinadas circunstancias personales, profesionales y sociales. Conocer los requisitos es clave para saber si se puede solicitar y en qué casos procede.
Quiénes pueden acceder al incremento del 20%
La posibilidad de aumentar la pensión se aplica exclusivamente a quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total, es decir, cuando la persona no puede desempeñar su profesión habitual, pero sí podría dedicarse a otra distinta. Con carácter general, esta pensión equivale al 55% de la base reguladora fijada por la Seguridad Social.
El incremento adicional del 20% está reservado a los pensionistas mayores de 55 años que, por su perfil formativo, experiencia laboral y situación del mercado de trabajo en su lugar de residencia, tengan serias dificultades para encontrar un empleo alternativo. La normativa entiende que, a partir de esa edad, la reinserción laboral resulta especialmente compleja cuando no existe una cualificación adaptable a otros sectores.
Además, hay otros supuestos singulares que afectan al cálculo de la prestación, como los casos en los que la incapacidad deriva de un accidente laboral o enfermedad profesional, o cuando se accede a esta pensión tras cumplir la edad legal de jubilación sin reunir las cotizaciones necesarias para jubilarse.
Antes de cerrar, conviene recordar que la concesión de cualquier grado de incapacidad permanente no depende únicamente de la enfermedad o lesión concreta, sino de una valoración global realizada por el tribunal médico, que analiza cómo afecta esa situación a la capacidad real de trabajar.
Datos clave sobre el aumento de la pensión
| Aspecto | Información esencial |
|---|---|
| Tipo de incapacidad | Incapacidad permanente total |
| Cuantía general | 55% de la base reguladora |
| Incremento posible | +20% (hasta el 75%) |
| Edad mínima | 55 años |
En definitiva, este complemento puede marcar una diferencia económica importante para muchos pensionistas. Revisar la situación personal, la edad y las posibilidades reales de empleo es fundamental antes de iniciar la solicitud, ya que el reconocimiento del aumento depende de una evaluación individualizada por parte de la administración.




