El Juzgado de lo Social Número 5 de Granada ha reconocido una incapacidad permanente absoluta a una mujer de 62 años que trabajaba como funcionaria en la Administración. Se trata de una resolución judicial de relevancia por varios aspectos claves.
En el caso de esta trabajadora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le impuso el alta médica tras una baja laboral sin pasar por las correspondientes revisiones médicas.
Incapacidad permanente absoluta por fibromialgia
Esta trabajadora presentaba una fibromialgia severa, fatiga crónica y un trastorno depresivo mayor. Sin embargo, el INSS consideró imponer el alta médica sin las correspondientes revisiones médicas, algo que ha revertido el Juzgado de lo Social Número 5 de Granada.
La trabajadora ha contado con la defensa del despacho ‘Abogados Parrado Asesores’, que han demostrado que los informes médicos no se tuvieron en consideración durante el proceso administrativo. Finalmente, ha conseguido el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta con el derecho a cobrar una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora.
Desde ‘Abogados Parrado Asesores’ lograron demostrar que las dolencias crónicas de la trabajadora habían empeorado en los últimos meses, junto con la aparición de nuevas enfermedades. Hablamos de patologías que le impedían realizar cualquier actividad laboral con normalidad y con un mínimo de rendimiento.
Otro aspecto a tener en cuenta es que los informes médicos presentados por la defensa reflejaban que esta trabajadora había tenido «ideas suicidas», debido al trastorno depresivo mayor que padecía. Para el INSS nada de esto valía.
Según informan los profesionales de ‘Abogados Parrado Asesores’, la sentencia recoge lo siguiente: «Es cierto que el médico evaluador considera que la actora presenta una limitación funcional grado uno, lo que evidentemente no le haría tributaria de incapacidad permanente ni total, no obstante no podemos obviar los informes obrantes en las actuaciones emitidos por especialistas en los que se recoge (…) por el servicio de reumatología (…) que la paciente presenta una enfermedad crónica, fibromialgia con dolor, con dificultad para actividades de la vida cotidiana, depresión mayor y fatiga crónica con pérdida de memoria que empeora su situación, una patología irreversible».
Aspecto innovador de la sentencia de incapacidad permanente
Esta sentencia del Juzgado de lo Social Nº5 de Granada cuenta con un aspecto innovador. En este caso, particular, la resolución pone el foco en las secuelas y en las consecuencias que han provocado que aumenten las limitaciones para desempeñar una actividad laboral.
Respecto a este elemento, la sentencia señala que «resultan pues, indiferentes, las dolencias que aquejan al trabajador, siendo lo verdaderamente trascendente las secuelas que acredite, esto es, las limitaciones orgánico-funcionales que éstas producen, sean psíquicas o físicas».
Teniendo en cuenta todas las pruebas e informes médicos presentados, el magistrado del caso determina que a esta trabajadora de 62 años le corresponde el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta. Eso sí, aún cabe recurso de suplicación contra la sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Esta sentencia vuelve a demostrar las complejidades que enfrentan muchos trabajadores en España para obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente, debido al proceder del Instituto Nacional de la Seguridad Social.




