El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, encabezado por Elma Saiz, ha aprobado 11 nuevas patologías para poder acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. Con esta medida, unas 50.000 personas en España podrán adelantar su edad de jubilación sin penalización en la pensión.
Para tener derecho a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%, entre otros requisitos, es obligatorio que la discapacidad derive de alguna de las enfermedades que se recogen en el listado de la Seguridad Social para dicha modalidad de jubilación.
Lista de 11 nuevas enfermedades para acceder a la jubilación anticipada
En el año 2025, el Gobierno de España aprobó una medida por la que se permitía ampliar el listado de enfermedades que dan acceso a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. Hasta la aprobación de esta normativa, dicho listado permanecía hermético.

Así, tras mantener una reunión con el presidente del CERMI, la ministra Elma Saiz ha confirmado la inclusión de 11 nuevas patologías que darán derecho a acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%.
A continuación, desde Tododisca enumeramos las nuevas patologías incluidas por la Seguridad Social y que permiten adelantar la edad de jubilación desde los 56 años:
- Distrofia miotónica 1 (Steinert).
- Enfermedad de Huntington.
- Amiloidosis por transtiretina variante.
- Espina bífida.
- Lesión medular.
- Esclerosis sistémica.
- Degeneración corticobasal.
- Enfermedad renal crónica estadio 5.
- Atrofia muscular multisistémica.
- Parálisis supranuclear progresiva.
- Párkinson.
La ampliación de este listado de patologías se llevará a cabo en el Anexo del Real Decreto 1851/2009, que desarrolla el artículo 161 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Al respecto, Elma Saiz afirma que «es una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y que, por ello, necesitan anticipar su edad de jubilación para equipararse al resto de los trabajadores. Era algo con lo que el Gobierno estaba comprometido y que viene a atender una demanda de este colectivo».
Jubilación anticipada por discapacidad desde los 56 años
Para tener derecho a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45% es obligatorio que el ciudadano en España cumpla con los siguientes requisitos:
- Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Además, un mínimo de cinco años de cotización se deben haber cumplido con la discapacidad reconocida.
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 45%.
- La discapacidad debe derivar de algunas de las enfermedades recogidas en el listado de patologías de la Seguridad Social.
A través de la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%, los ciudadanos en España pueden adelantar su jubilación a partir de los 56 años de edad. Además, en este tipo de casos, la Seguridad Social no aplica penalizaciones en la cuantía de la pensión de jubilación.
Por tanto la ampliación del listado con estas nuevas 11 enfermedades permitirá que miles de ciudadanos en España puedan acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. Se trata de una medida que ha sido celebrada desde el CERMI y desde otros colectivos representantes de personas con discapacidad en España.




