Una mujer que trabajaba como dependienta ha logrado el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. Además, esta trabajadora ya cobró años atrás una indemnización económica por el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial.
La abogada Marina Alaminos, a través de sus redes sociales (@marinaalaminos), ha desvelado el caso de esta trabajadora que ha conseguido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total por la vía judicial.
Logra una incapacidad permanente total tras cobrar una incapacidad parcial
«Hemos recibido la sentencia por la cual se reconoce la incapacidad permanente total para la profesión de dependienta a nuestra clienta», expone la abogada Marina Alaminos, especialista en incapacidad permanente, a través de sus redes sociales.

Se trata de una mujer que trabajaba como dependiente y cuyas patologías principales eran musculoesqueléticas. «Al respecto, Alaminos aclara que «principalmente tenía afectación en zona de columna y de cadera, que incluso ya al final requería el uso de muletas».
Uno de los puntos de este caso es que esta trabajadora ya logró el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial en 2020, ya que presentaba limitaciones para poder levantar peso.
El reconocimiento de una incapacidad permanente parcial conlleva el cobro de una indemnización de pago único. El importe de esta indemnización es equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajador.
Desde el año 2020, el estado de salud de esta trabajadora ha empeorado considerablemente, por lo que la abogada Marina Alaminos procedió a solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente total para su cliente. Además, la incapacidad parcial permite continuar en el mismo puesto de trabajo.
Incapacidad total lograda por la vía judicial
Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó la incapacidad permanente total a esta trabajadora, por lo que decidieron seguir luchando por la vía judicial.
Así, el juzgado ha terminado reconociendo a la trabajadora el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente total, tal y como ha afirmado la abogada laboralista Marina Alaminos. «El juez ha certificado que, efectivamente, con todas las patologías físicas que tenía está imposibilitada para realizar su profesión», indica.
Tras haber percibido años atrás una indemnización por incapacidad permanente parcial, esta trabajadora tendrá derecho a recibir una pensión con una cuantía equivalente al 55% de su base reguladora. Y es que las limitaciones que presenta no le permiten realizar con un mínimo de normalidad y eficacia su profesión habitual como dependienta.
Respecto a esta nueva sentencia judicial, la abogada Marina Alaminos argumenta que «este es un caso más donde podéis ver que por mucho que el INSS rechace las incapacidades, judicialmente son muchísimas las que conseguimos».
Además, esta sentencia demuestra que el hecho de haber cobrado una indemnización por incapacidad permanente parcial no priva al trabajador de tener la posibilidad de obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente total o absoluta con el paso de los años.




