Las personas con discapacidad, tal y como indica el Instituto de Mayores y Servicios Sociales -IMSERSO-, «constituyen un sector de población heterogéneo», pero que tienen en común un aspecto más que notable y que afecta a todos estos individuos, em mayor o menor medida: «precisan de garantías suplementarias para vivir con plenitud de derechos o para participar en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos en la vida económica, social y cultural del país», detalla la entidad.
Con el paso del tiempo, se han instalado avances sociales que ponen en valor los derechos de las personas con discapacidad, fomentando estrategias y enfoques que permiten, cada vez más, su inclusión y accesibilidad en la sociedad. Pero todavía queda mucho camino por recorrer para derribar barreras, tanto sociales y arquitectónicas, que dificultan la vida de estas personas diariamente. No se trata de reconocer sus caprichos, sino entender y defender sus derechos y, para ello, existe la valoración y reconocimiento de grado de discapacidad de cada afectado.
Discapacidad igual o superior al 65%
De acuerdo con el IMSERSO, el Estado reconoce el concepto de discapacidad bajo el amparo de la siguiente definición: «la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás». Por tanto, el mismo organismo tilda a las personas con discapacidad como «aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás«.
En este sentido, el reconocimiento de una discapacidad igual o superior al 65% está íntimamente ligado con una serie de beneficios y bonificaciones fiscales, enmarcadas en un proyecto de paliar los estragos de la situación financiera de muchas familias afectadas con estas lesiones. De hecho, el Real Patronato de la Discapacidad informa que el Estado, a través de la Seguridad Social, «garantiza a las personas con un grado de discapacidad mayor al 65% y que lo necesiten, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Así mismo, el reconocimiento de grado de discapacidad lo estima una evaluación realizada por los Centros de Valoración y Orientación de la Discapacidad de cada comunidad autónoma en España. Este análisis y estudio pormenorizado de cada caso tiene en cuenta las limitaciones que presenta una persona en su vida diaria debido a su discapacidad, asignándole un porcentaje de discapacidad reconocido oficialmente. En unción de este porcentaje, será beneficiario de un tipo de ayudas y prestaciones u otras.
Derechos de las personas con discapacidad del 65%
- Descuentos especiales en trenes de Cercanías y en las Grandes líneas con la tarjeta Dorada de RENFE. No obstante, también están sujetos a esta ayuda pensionistas mayores de 18 años o en situación de incapacidad física o psíquica permanente, total, absoluta o gran invalidez y personas con más de 65 años.
- Las personas con un grado de discapacidad del 65% optan a ser beneficiarias de una pensión contributiva de invalidez. Así mismo, si el grado es de 75% o más, poseen un incremento del 50% en la cuantía económica.
- Abono social de telefónica: se establece una reducción de la cuota de instalación y un abono para pensionistas por minusvalía que no superen la renta establecida.
- Posibilidad de jubilación anticipada sin reducir la pensión de la persona afectada. Esta deducción de la edad de jubilación dependerá del periodo trabajado presentando estas lesiones, por lo que se premiará el tiempo que se haya transcurrido de etapa laboral con discapacidad.




