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Cambios en la Gran Invalidez en 2026: Esta es la nueva cuantía de pensión mínima

Con la Gran Invalidez se puede cobrar un importe superior a la pensión máxima fijada para cada año por la Seguridad Social

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
14/01/2026 17:00
Publicado en Discapacidad
Pensión mínima de Gran Invalidez en 2026

Pensión mínima de Gran Invalidez en 2026./ Licencia Adobe Stock

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La Gran Invalidez es el grado de incapacidad permanente más elevado que se puede reconocer a un trabajador en España. En este año 2026 se han producido cambios a tener en cuenta que pueden afectar en la cuantía de la pensión de Gran Invalidez.

Todas las cuantías de las pensiones contributivas se han revalorizado en un 2,7%; mientras que la pensión máxima ha subido un 2,7% más un 0,115% adicional. Además, las pensiones mínimas se han incrementado en un 7%.

Pensión mínima de Gran Invalidez en 2026

La Gran Invalidez y la incapacidad permanente absoluta son prácticamente iguales. La diferencia radica en que la Gran Invalidez se reconoce a personas que, además de presentar limitaciones y secuelas para toda profesión, también necesitan la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas del día a día.

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Pensión mínima de Gran Invalidez en 2026
Pensión mínima de Gran Invalidez en 2026./ Licencia Adobe Stock

El importe de la pensión de Gran Invalidez es del 100% de la base reguladora del trabajador, además del complemento propio de la Gran Invalidez. Dicho complemento nunca podrá ser inferior al 45% del importe de la pensión en cuestión.

Con los cambios que se han producido en este año 2026, así queda la cuantía mínima de la pensión de Gran Invalidez, en función de ciertas circunstancias personales de la persona beneficiaria:

  • Con cónyuge a cargo | 1.884,70 euros al mes y 26.385,80 euros anuales en 14 pagas.
  • Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 1.404,40 euros al mes y 19.660,20 euros anuales en 14 pagas.
  • Con cónyuge no a cargo | 1.333 euros al mes y 18.662 euros anuales en 14 pagas.

Al igual que cualquier grado de incapacidad permanente, la Gran Invalidez también es revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es algo que deben conocer los pensionistas, aunque resulta complicado que el INSS rebaje el grado de incapacidad en este tipo de casos.

Beneficios de la Gran Invalidez

La incapacidad permanente de Gran Invalidez cuenta con ciertas características específicas que pueden resultar beneficiosas para las personas perceptoras de este tipo de pensión contributiva.

En la pensión de Gran Invalidez no existe un límite máximo que se pueda cobrar. Es decir, se puede cobrar un importe superior a la cuantía de pensión máxima establecida para cada año por el Gobierno de España.

Tal y como hemos comentado previamente, la cuantía de pensión máxima ha subido un 2,7% más un 0,115% adicional en 2026. De este modo, se ha situado en 3.359,50 euros al mes en catorce pagas.

Sin embargo, con el complemento de Gran Invalidez es posible superar este importe económico. En este sentido, los profesionales de ‘Fidelitis’ afirman que «hemos conseguido pensiones de alto valor económico de más de 4.600 euros en 14 pagas». Esto es algo que solo se permite en el caso de la pensión de Gran Invalidez.

Otro de los beneficios que tiene la pensión de Gran Invalidez es que está libre de tributar por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esta ventaja tributaria también se aplica en las pensiones de incapacidad permanente absoluta.

Como conclusión, los abogados de ‘Fidelitis’ manifiestan que «las personas con Gran Invalidez, debido a las limitaciones severas que implica su condición, cuentan con una serie de derechos y beneficios adicionales. Estos derechos están diseñados para mejorar su calidad de vida, facilitar su integración social y garantizar su bienestar».

Temas: Incapacidad PermanentePensión

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