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¿Qué enfermedades se reconocen como discapacidad visual en España? Esto dice la ley en 2025

Esto es lo que dice la ley sobre el proceso de reconocimiento de la discapacidad visual en España

Leticia Alvarado Pastor Leticia Alvarado Pastor
24/05/2025 11:00
Publicado en Discapacidad
¿Qué enfermedades se reconocen como discapacidad visual en España? Esto dice la ley en 2025

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En España, no existe un listado oficial de enfermedades que den derecho automáticamente al reconocimiento de la discapacidad visual. Así lo establece el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, que regula el procedimiento para la calificación del grado de discapacidad. Esta normativa establece que los ciudadanos deben presentarse a pruebas médicas, que evalúen de forma individualizada su grado de afección visual.

Sin embargo, existen ciertas enfermedades oculares que suelen ser las más comunes a la hora de justificar un grado de discapacidad visual. Estas, por sus características, son más propensas a generar esta situación. No obstante, siempre deben cumplir los criterios clínicos establecidos.

Criterios clínicos que dan derecho a una discapacidad visual

El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, establece que la calificación del grado de discapacidad se basa en «baremos técnicos y médicos, en los que se evalúa tanto la agudeza visual como el campo visual».

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Actualmente, los usuarios deben presentarse a evaluaciones en los Centros de Valoración de la Discapacidad, donde un equipo multiprofesional les realizan las pruebas pertinentes. Por ejemplo, valoran si la pérdida visual es bilateral, si afecta gravemente a la vida diaria y si existen otras condiciones asociadas que agraven el diagnóstico.

Por ejemplo, según expertos, se considera ceguera tener una agudeza visual en el mejor ojo con corrección inferior a 0,1 o un campo visual reducido a menos de 10 grados. Estos son los criterios que darían derecho a un usuario a obtener el certificado de discapacidad por falta de visión.

Enfermedades oculares que pueden dar lugar a discapacidad visual

Como ya hemos dicho, el diagnóstico médico no garantiza el reconocimiento de discapacidad en España. No obstante, existen enfermedades que suelen cumplir con más frecuencia los criterios para ser reconocidas como discapacidad visual. Estas son las más frecuentes:

  • Retinosis pigmentaria: una enfermedad degenerativa hereditaria que afecta a la retina y causa una pérdida progresiva de visión.
  • Glaucoma en fase avanzada: una patología del nervio óptico que puede llevar a una pérdida significativa del campo visual.
  • Degeneración macular asociada a la edad (DMAE): enfermedad crónica que afecta la visión central, esencial para tareas como leer o conducir.
  • Retinopatía diabética: complicación de la diabetes que daña los vasos sanguíneos de la retina.
  • Desprendimiento de retina: puede causar ceguera si no se trata a tiempo.
  • Atrofia óptica: deterioro del nervio óptico por diversas causas.

Cada caso se estudia de manera particular, siguiendo los criterios médicos establecidos en la normativa. Por esta razón, aunque dos personas tengan la misma enfermedad ocular, no tienen por qué tener acceso ambas al certificado de discapacidad en España. Esto dependerá del impacto de la enfermedad en su autonomía personal.

Cómo solicitar el reconocimiento de discapacidad visual

En 2025, el proceso es muy sencillo para los ciudadanos de cada comunidad autónoma. En primer lugar, se deben tener los informes médicos actualizados, con pruebas oftalmológicas que acrediten la situación del usuario.

Además, los interesados en obtener el grado de discapacidad por enfermedad ocular también deberán presentar la documentación personal y la solicitud oficial que facilita la administración autonómica.

Tras ello, un equipo de profesionales (médico, psicólogo y trabajador social) evalúa el caso y emite una resolución con el porcentaje de discapacidad reconocido, que puede ir del 33% al 100%.

A partir del 33% de discapacidad, la persona puede acceder a distintos beneficios sociales, laborales y fiscales, como bonificaciones, ayudas económicas, adaptaciones en el trabajo y deducciones en el IRPF.

Temas: Discapacidades

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