Las personas que tienen el certificado de discapacidad en España pueden acceder a una serie de beneficios fiscales o descuentos a la hora de hacer frente a determinados impuestos. Estos beneficios pueden variar en función del grado de discapacidad reconocido o según la Comunidad Autónoma de residencia del ciudadano.
Normalmente, para tener derecho a estos beneficios fiscales es necesario tener reconocida una discapacidad mínima del 33%. En ocasiones, se exige un 65% de discapacidad para acceder a determinados beneficios tributarios en España.
IVA reducido para personas con discapacidad
En este sentido, nos vamos a centrar en el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). Las personas con discapacidad tienen derecho diferentes tipos reducidos de IVA por la adquisición de ciertos bienes y servicios. Por ello, es importante que las personas con discapacidad y su entorno conozcan la existencia de estos beneficios.
A continuación, desde Tododisca enumeramos aquellos productos y bienes en los que se aplica un 4% de IVA para las personas con discapacidad en el año 2026:
- Compra de vehículos adaptados, sillas de ruedas, autotaxis o autoturismos especiales que se utilicen para el transporte de personas con discapacidad.
- Adquisición de vehículos a motor destinados a transportan habitualmente a personas con movilidad reducida. En este caso se exigen ciertas condiciones específicas.
- Servicios de adaptación de vehículos para personas con discapacidad y con movilidad reducida.
- Adquisición de implantes internos, ortesis y prótesis.
- Reparación de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.
Además de todo lo expuesto anteriormente, también existen ciertos servicios en los que se aplica un 4% cuando se disfrutan por personas con discapacidad. Eso sí, siempre que se presten en establecimientos privados para personas en situación de dependencia. Hablamos de servicios como la ayuda a domicilio, teleasistencia, atención residencial o centros de día.
IVA reducido del 10%
Igualmente, en este año 2026 también se aplicará un IVA reducido del 10% por la compra de los siguientes productos, siempre que sean para uso exclusivo y personal de personas con discapacidad:
- Sillas de ruedas y sillas terapéuticas.
- Gafas y lentes de contacto graduadas.
- Dispositivos de administración de insulina y otros aparatos para el autocontrol de la diabetes.
- Herramientas para tratar diálisis y problemas respiratorios.
- Instalación de ascensores y plataformas elevadoras para sillas de ruedas.
Estos beneficios tributarios no son ventajas con respecto a otros ciudadanos. Simplemente suponen un apoyo económico para acceder a ciertas necesidades que requieren las personas con discapacidad.
Además del IVA reducido, existen otros impuestos importantes sobre los que se aplican exenciones o deducciones para las personas con discapacidad. Hablamos de tributos como el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), impuestos de matriculación, impuestos de circulación o impuesto de sucesiones y donaciones, entre otros.
Por otro lado, desde el bufete de abogados ‘Fidelitis’ recuerdan que «en España, los familiares de personas con discapacidad tienen acceso a importantes beneficios fiscales que les ayudan a aliviar la carga económica derivada del cuidado de sus seres queridos». Es decir, existen beneficios fiscales directos para las personas con discapacidad y también para contribuyentes con familiares con discapacidad.




