En España muchas personas cuentan con una prótesis de cadera. Así, muchos ciudadanos que se encuentran en esta situación se cuestionan si es posible adelantar la edad de jubilación o cobrar una pensión de incapacidad permanente.
La realidad es que tener una prótesis de cadera no da derecho a acceder a la jubilación anticipada. Sin embargo, en determinados casos, contar con una prótesis de cadera puede generar el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente por parte del trabajador.
Incapacidad permanente por prótesis de cadera
Las secuelas tras una intervención por prótesis de cadera puede provocar limitaciones al trabajador para seguir desarrollando su profesión habitual o cualquier actividad laboral. En este tipo de casos es posible obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente por prótesis de cadera, aunque para ello es necesario cumplir con una serie de requisitos.

Desde ‘Fidelitis’, abogados especialistas en incapacidad laboral, explican que se puede reconocer una incapacidad permanente por prótesis de cadera cuando existen algunas de las siguientes secuelas:
- Limitación en la movilidad.
- Dificultad para caminar o mantenerse en pie.
- Riesgo de caídas.
- Dolor crónico persistente.
- Imposibilidad de cargar peso.
Todas estas secuelas por la implantación de una prótesis de cadera puede influir directamente en la capacidad laboral del trabajador. Además, también intervienen otros factores básicos en el proceso de obtención de una incapacidad permanente.
«Aunque el objetivo es mejorar la movilidad y reducir el dolor, no siempre se consigue una recuperación completa», explican los profesionales de ‘Fidelitis’ con respecto a la implantación de la prótesis de cadera.
Informes claves para la incapacidad permanente
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para reconocer una incapacidad permanente no tiene en cuenta la prótesis de cadera en sí, sino las secuelas que presenta el trabajador y cómo afectan las mismas a la capacidad laboral.
Durante el proceso de solicitud de incapacidad permanente por las secuelas de una prótesis de cadera resulta fundamental presentar diferentes informes médicos. Así, estos son algunos de los informes médicos más relevantes que se deben aportar:
- Informes quirúrgicos.
- Radiografías.
- Valoración funcional de la marcha.
- Certificado de limitaciones laborales.
- Informes de traumatología.
- Documentos de rehabilitación.
Los informes médicos deben reunir con exactitud el estado de salud del ciudadano. Además, es fundamental que también recojan las limitaciones que afectan al trabajador en su capacidad laboral e incluso en su vida diaria.
Por lo general, el INSS suele ser férreo a la hora de reconocer una incapacidad permanente por prótesis de cadera, denegando la mayoría de solicitudes. Suelen alegar que la operación de prótesis de cadera permite trabajar a la persona afectada.
En cualquier caso, los profesionales de ‘Fidelitis’ aclaran que «esto no significa que no sea viable. Muchos casos se ganan tras Reclamación Previa o por demanda judicial». Es necesario analizar cada caso de manera particular.
La prótesis de cadera es un implante artificial que se suele colocar, generalmente, en personas de avanzada edad. Sin embargo, en determinadas circunstancias, también se implantan en personas jóvenes o adultas.
En definitiva, los ciudadanos en España deben tener en cuenta que sí es posible conseguir una incapacidad permanente por las secuelas de una colocación de una prótesis de cadera. Eso sí, siempre que se cumplan ciertas condiciones básicas.




