Disponer de una zona habilitada de aparcamiento para personas con discapacidad o con movilidad reducida no es ningún capricho ni privilegio; más bien, es un derecho y una necesidad de este colectivo. Además, esta realidad es vulnerada en determinadas ocasiones por vehículos no autorizados para estacionar en estas plazas reservadas.
Los ‘cinco minutos‘ que se suelen poner como excusa pueden suponer una verdadera odisea para los titulares de coches y de tarjetas de aparcamiento PMR, que no encuentran plazas de estacionamiento cercanas al destino al que se dirigen. Por tanto, reivindicar este derecho es una tarea básica de las personas perjudicadas por la falta de empatía de quien comete esta infracción.
Igualmente, aparcar en plazas reservadas para personas con movilidad reducida no siendo titular de la acreditación correspondiente tiene una sanción económica para el infractor, siendo la única manera de multar a quien actúa de esta manera. Por su parte, el documento de estacionamiento PMR es personal e intransferible.
Dónde aparcar con una tarjeta de aparcamiento PMR
Las personas con discapacidad o personas con movilidad reducida se enfrentan a una permanente ‘batalla’ contra quienes estacionan en zonas reservadas para este colectivo. Así mismo, la única manera de frenar este tipo de comportamientos incívicos es continuar denunciándolos y reclamando lo que es un derecho, no un privilegio.
En esta línea, existen una serie de lugares habilitados para quienes presenten una tarjeta de aparcamiento PMR. Estos espacios son lugares habilitados para vehículos de personas con algún tipo de discapacidad o zonas de estacionamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario.
De la misma manera, otro espacio habilitado para quienes, efectivamente, sean titulares de una tarjeta de aparcamiento PMR son las paradas o estacionamientos en las zonas reservadas para carga y descarga, «cumpliendo los términos establecidos por la administración local y siempre que no ocasionen perjuicios al tráfico y/o a los peatones«, indican desde Clicars.
Por otro lado de acuerdo con la legislación vigente, también estará permitido aparcar en paradas de cualquier lugar de la vía, «siempre por motivos justificados y por el tiempo indispensable, sin ocasionar perjuicios al tráfico y siguiendo las indicaciones de las autoridades«.
Finalmente, el acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes también será un lugar donde poder aparcar bajo el indispensable requisito de ser titular y portador de una tarjeta de aparcamiento para personas de movilidad reducida.
Obligaciones de conductores con tarjeta PMR
Al igual que aparcar en zonas reservadas a personas de movilidad reducida presentando la correspondiente tarjeta es un derecho, estos conductores también deben cumplir una serie de obligaciones viales por el hecho de ser titulares de este documento.
En primer lugar, y como condición sin ecuánime, la normativa dicta hacer un correcto uso de la tarjeta. También se debe colocar el distintivo de estacionamiento en el salpicadero en un lugar visible. Como medida importante, las autoridades sentencian que «siempre se debe colocar el original de la tarjeta para que sea legible».
Del mismo modo, como el resto de conductores, se deberá mostrar la identificación cuando lo requiera un agente de movilidad o la autoridad en cuestión. Finalmente, como estima la normativa que rige este tipo de medidas, los vehículos con tarjeta de aparcamiento PMR también deben colaborar con los agentes cuando sea necesario y devolver a los organismos correspondientes al término de su vigencia o caducidad.




