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Conceden la incapacidad permanente a un trabajador por enfermedad visual tras el ‘no’ de la Seguridad Social

Tras la negativa de la Seguridad Social, la justicia reconoció la Incapacidad Permanente total de un trabajador con una grave enfermedad ocular

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
23/01/2026 07:00
Publicado en Prestaciones
Conceden la incapacidad permanente a un trabajador por enfermedad visual tras el 'no' de la Seguridad Social

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Caso de éxito en los despachos de Campmany abogados. En esta ocasión, un trabajador que desarrollaba su carrera profesional como teleoperador ha logrado una incapacidad permanente por presentar una grave enfermedad ocular que le afectaba a la visión, causándole severos problemas en este sentido.

Tal y como detalla este buffete, el afectado padecía una notable patología ocular denominada metamorfopsia, una enfermedad que consiste en «percibir con ondulaciones las líneas que son rectas en condiciones normales» de acuerdo con la clínica Dacarett. Además, presentaba una agudeza visual inferior a los límites considerados.

Uno de los argumentos de este equipo de profesionales fue manifestar que problemas de visión de esta índole tienen un carácter progresivo, por lo que la pérdida del sentido de la vista es prácticamente total; incluso, son enfermedades que no se pueden corregir, si quiera, con el uso de lentes.

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Negativa de la Seguridad para la Incapacidad Permanente

El trabajador tenía claras sus intenciones y su situación sobre el estado de su visión, que cada vez iba disminuyendo, de forma progresiva. Iba a tratar de lograr una incapacidad permanente por un motivo de fuerza mayor ante la imposibilidad de desarrollar con normalidad su profesión de teleoperador.

De este modo, valorada la enfermedad, y tras un minucioso «estudio y valoración médica» por parte de los profesionales de Campmany Abogados, este despacho decidió presentar la solicitud inicial de Incapacidad Permanente, que fue denegada por la Seguridad Social.

Así mismo, en los continuos informes que se aportaban al ICAM -Colegio de la Abogacía de Madrid- la información que se detallaba ponía de manifiesto que la visión de este trabajador era «era limitada», debido, en gran parte, al «estado avanzado y crónico de su enfermedad visual«, motivo de la solicitud de Incapacidad Permanente.

Ante la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social -INSS- este despacho de profesionales de la abogacía desvela que se pusieron manos a la obra para presentar la «reclamación previa correspondiente«. No obstante, este trámite también fue denegado por entender «que no se aportaban pruebas médicas que desvirtuaran la valoración efectuada por el ICAM», detallan.

Finalmente, y ante la permanente negación de la Seguridad Social, los abogados de este trabajador con una grave enfermedad visual decidieron poner la demanda correspondiente «a fin de que los juzgados de lo social» dieran testimonio de los derechos de este teleoperador a reclamar su incapacidad permanente.

Resolución judicial del caso

Finalmente, la demanda interpuesta por Campmany abogados sobre el trabajador aquejado de una grave enfermedad visual que reclamaba una incapacidad permanente «se turnó en reparto» en el Juzgado de lo Social N.º 17 de Barcelona.

A lo largo del juicio, expone esta entidad, el INSS simplemente se ratificó en sus informes; los abogados, por su parte, trasladaron que la profesión de teleoperador exigía a este trabajador «estar permanentemente delante de una pantalla de ordenador, sin estar capacitado para desempeñar su profesión de forma óptima dada a sus patologías visuales».

Tras consultar con el médico forense, y recibir los pertinentes «informes y pruebas practicadas y extraídas tanto del informe del médico forense como de nuestras alegaciones», exponen los abogados, el juez dictó sentencia y estimó la petición de incapacidad permanente para este trabajador, con una grave enfermedad visual.

Finalmente, el Magistrado optó por aceptar la propuesta de los abogados, declarando la situación de incapacidad permanente total del trabajador: «El demandante no está capacitado para desempeñar su profesión», estimó.

Temas: EspañaIncapacidad TemporalPrestaciones

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