Tras toda una vida trabajando, conocer cuál será la cuantía que se va a percibir como pensión de jubilación a través de la Seguridad Social se ha convertido en uno de los principales objetivos de las personas mayores. La mayoría aspira a poder acceder al 100% de la pensión, algo que depende directamente tanto de la edad de jubilación como de los años cotizados a lo largo de la vida laboral.
En este 2025, el sistema de pensiones se encuentra en pleno proceso de transición, tras las modificaciones introducidas en los últimos años. Estos cambios afectan de forma directa a la edad legal de jubilación y al periodo mínimo de cotización exigido, un aspecto clave para miles de trabajadores que están a punto de abandonar el mercado laboral.
Actualmente, llega el momento de la jubilación para las personas nacidas entre 1960 y 1970, que comienzan a alcanzar la edad ordinaria establecida por la Seguridad Social. En 2025, la edad legal de jubilación se sitúa en 66 años y 8 meses para quienes no alcanzan el periodo mínimo de cotización. No obstante, se mantiene la posibilidad de jubilarse a los 65 años para aquellos trabajadores que acrediten 38 años y 3 meses o más cotizados.
Además, quienes cumplen con este requisito de cotización pueden acceder a la jubilación anticipada, tanto voluntaria como forzosa. En el caso de la anticipada forzosa, es posible adelantar hasta cuatro años la salida del mercado laboral, siempre asumiendo los coeficientes reductores que correspondan.
Jubilación para los nacidos entre los años 60 y 70
Según los criterios vigentes, las personas nacidas en 1960 cumplen los 65 años a lo largo de este 2025, lo que les permite acceder a la jubilación ordinaria y al 100% de la base reguladora, siempre que acrediten 38 años y 3 meses cotizados. En caso de no llegar a ese periodo, deberán esperar hasta cumplir los 66 años y 8 meses para jubilarse.
Del mismo modo, quienes deseen acogerse a la jubilación anticipada pueden hacerlo desde los 63 años, siempre que cumplan el requisito de cotización exigido. Esta posibilidad también se extiende a los trabajadores nacidos en 1961 y 1962, que en estos momentos se encuentran planificando su salida del mercado laboral.
Qué ocurre en 2026 y 2027
Este escenario no se mantiene estático. De cara a 2026, el sistema volverá a ajustarse conforme al calendario progresivo de la reforma. En ese año, la edad legal de jubilación ordinaria pasará a ser de 66 años y 10 meses para quienes no alcancen el periodo mínimo de cotización, mientras que se seguirá permitiendo la jubilación a los 65 años para quienes acrediten 38 años y 3 meses cotizados.
Estos cambios afectarán especialmente a las personas nacidas en 1961 y 1962, que comenzarán a cumplir la edad legal de jubilación durante 2026. Ya en 2027, el sistema culminará este proceso transitorio y la edad legal de jubilación se fijará definitivamente en los 67 años para quienes no cumplan con el requisito de cotización, manteniéndose los 65 años para quienes sí lo alcancen.
Comparativa de la jubilación en 2025, 2026 y 2027
La evolución de la edad de jubilación puede verse de forma clara en la siguiente comparativa:
| Año | Edad legal sin cotización suficiente | Edad de jubilación con el 100% | Años cotizados exigidos |
|---|---|---|---|
| 2025 | 66 años y 8 meses | 65 años | 38 años y 3 meses |
| 2026 | 66 años y 10 meses | 65 años | 38 años y 3 meses |
| 2027 | 67 años | 65 años | 38 años y 3 meses |
De esta forma, quienes alcancen o superen los 38 años y 3 meses cotizados podrán seguir jubilándose a los 65 años durante todo el periodo. Por el contrario, quienes no cumplan este requisito verán retrasada progresivamente su edad de jubilación.
Requisitos para acceder a la pensión de jubilación de la Seguridad Social
La pensión de jubilación de la Seguridad Social es una prestación económica incluida en todos los regímenes del sistema, cuyo objetivo es sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, cuando el trabajador cesa total o parcialmente en su actividad laboral debido a la edad.
En la actualidad, estos son los requisitos generales para acceder a la pensión de jubilación:
- Edad: Haber cumplido la edad legal de jubilación que corresponda en cada año, salvo excepciones.
- Periodo mínimo de cotización: 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Hecho causante:
- Trabajadores en alta: el día del cese en la actividad laboral.
- Trabajadores asimilados al alta: el día de presentación de la solicitud, salvo excepciones específicas.
- Trabajadores en no alta: el día de presentación de la solicitud.
Para ampliar esta información y consultar casos concretos, se puede acceder a la web oficial de la Seguridad Social.




