Una mujer con migraña crónica y con años de evolución ha logrado el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Esta ciudadana trabajaba como cartera en una empresa de servicios postales.
Para obtener el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta, esta mujer ha necesitado acudir a la vía judicial. El INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le denegó la solicitud al considerar que no cumplía con los requisitos necesarios.
Incapacidad permanente absoluta por migraña
Los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ han sido los encargados de defender a esta mujer por la vía judicial previa demanda contra el INSS. Así, la sentencia del caso se emitió el 9 de diciembre de 2025. «Una sentencia estimatoria por la que le reconocen el derecho a recibir una pensión de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio», explican desde el bufete de abogados.
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Muchas personas, por lo general, creen que es muy complicado o prácticamente imposible conseguir una incapacidad permanente por migraña o cefalea. Sin embargo, desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ afirman que «a la vista de las limitaciones que provocan en el día a día, sí que es posible conseguir una incapacidad permanente por migraña».
Hay que tener en cuenta que la migraña es uno de los tipos de cefalea más comunes que existen. Hablamos de una patología crónica que puede llegar a ser altamente incapacitante para la persona afectada. En este sentido, la migraña puede generar limitaciones tanto en el ámbito laboral como en la vida personal de la persona afectada.
Por tanto, los ciudadanos deben tener claro que sí es posible obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por migraña. Eso sí, siempre que se cumplan una serie de requisitos indispensables.
Requisitos para la incapacidad permanente por migraña
Respecto a este caso particular y la sentencia estimatoria de reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta, los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ realizan una serie de aclaraciones básicas.
Así, explican que «hay patologías como la migraña en la que necesitamos acreditar que hay una evolución y que se han intentado unos tratamientos médicos. Luego hay que acreditar que tras estos tratamientos no se ha logrado remitir la patología hasta un punto en el que la paciente puede llevar una vida normal y pueda desarrollar una actividad profesional con normalidad».
En el caso de esta trabajadora, cuya profesión habitual era la de cartera, presentaba importantes limitaciones en el ámbito laboral a causa de la migraña. Por ello, solicitaba a través de la vía judicial el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta.
Finalmente, el juez ha considerado que esta trabajadora cumplía con las limitaciones necesarias para cobrar una incapacidad permanente absoluta y que presentaba dificultades para desarrollar con normalidad cualquier profesión u oficio. Por todo ello, tendrá derecho a percibir una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora.
«Hemos necesitado acreditar en el acto del juicio que la trabajadora reunía los requisitos legal y jurisdiccionalmente exigidos para que le pueda ser reconocida una pensión de incapacidad permanente», concluyen desde ‘Velázquez & Villa Abogados’.




