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El TSJC reconoce una pensión de incapacidad permanente del 100% a una mujer por síndrome postcovid

La mujer, administrativa de profesión, ha necesitado acudir al Tribunal Superior de Justicia para conseguir la incapacidad permanente absoluta

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
01/11/2025 09:00
Publicado en Prestaciones
Incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid

Incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid./ Licencia Adobe Stock

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido a una mujer una pensión de incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid. Así, esta trabajadora percibirá una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora.

En este caso, la mujer afectada ha necesitado llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia para obtener el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente. Se trata de un nuevo caso en el que se reconoce una incapacidad permanente a causa de esta dolencia.

Incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó a esta trabajadora el derecho a cobrar cualquier tipo de pensión de incapacidad permanente. Ante ello, la mujer decidió acudir a la vía judicial con la defensa de sus abogados.

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Incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid
Incapacidad permanente absoluta por síndrome postcovid./ Licencia Adobe Stock

Así, en marzo de 2025, el Juzgado de lo Social Número 3 de Santander estimó parcialmente las pretensiones de la trabajadora, reconociéndole el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total.

No quedando conforme con dicha resolución, decidió presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Este Tribunal ha estimado el recurso, reconociéndole la incapacidad permanente absoluta desde el cese de la actividad laboral. Esta trabajadora cobrará una pensión de 1.231,59 euros al mes, que se corresponde con el 100% de su base reguladora.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria establece que «el estado clínico de la actora no solo limita para las fundamentales tareas de su profesión como administrativa, sino para toda actividad remunerada, pues las secuelas deben considerarse, al menos, previsiblemente definitivas, dada su tendencia a la cronicidad y el tiempo transcurrido desde el inicio del diagnóstico».

El síndrome postcovid limita su capacidad laboral

Esta mujer, administrativa de profesión, padece síndrome postcovid. En concreto, esta afección de salud se manifiesta a través de los siguientes síntomas:

  • Dificultad respiratoria.
  • Taquicardia.
  • Fibromialgia.
  • Fatiga severa,
  • Trastorno cognitivo leve.
  • Síndrome ansioso-depresivo.

Teniendo en cuenta el mencionado cuadro clínico, los magistrados del TSJC consideran que «es merecedor de la declaración de incapacidad permanente en grado absoluto. Además, añaden que dicho cuadro «presenta la entidad necesaria para entender que existe una absoluta incapacidad para el desarrollo de todo tipo de actividad laboral, incluidas las de carácter sencillo y sedentario».

El síndrome postcovid sigue siendo una enfermedad controvertida a la hora de obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente. En este sentido, el INSS no suele reconocer la incapacidad laboral permanente en ningún grado por esta afección.

Respecto a la vía judicial, existe disparidad de criterios en la actualidad para reconocer una pensión de incapacidad permanente por síndrome postcovid. Así, desde el TSJC aclaran que la valoración «varía en función de la gravedad de la enfermedad».

Para reconocer la incapacidad permanente absoluta, desde el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria informan que «requiere que las dolencias concurrentes inhabiliten a quien las padezca de manera plena para el ejercicio de toda profesión u oficio, de tal forma que no sea capaz de realizar una actividad con un mínimo de profesionalidad, rendimiento o eficacia en la presentación del trabajo».

Temas: Incapacidad PermanentePensión

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