El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido una incapacidad permanente total a una empleada del hogar con artrosis y 67 años de edad, pese al criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Este caso pone de manifiesto las altas instancias judiciales a las que necesitan llegar algunos trabajadores para obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Aquí, el INSS se oponía a reconocer la pensión de incapacidad permanente total a la trabajadora.
El TSJM reconoce una incapacidad permanente total
Esta empleada del hogar solicitó en 2023 el reconocimiento de una incapacidad permanente por la vía administrativa, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En febrero de ese mismo año, el INSS le denegó cualquier grado de incapacidad laboral permanente.

Desde el INSS consideraban que la mujer no tenía lesiones suficientes para ser constitutivas del reconocimiento de una incapacidad permanente. No obstante, el informe del Equipo de Valoración de Incapacidades constató que la trabajadora padecía las siguientes dolencias:
- Artrosis en ambas manos.
- Rizartrosis derecha.
- Espondiloartrosis cervical.
- Fibromialgia.
Todas estas patologías fueron catalogadas en los informes médicos como «crónicas y degenerativas». Además, el informe del médico de cabecera recogía que la trabajadora no podía desempeñar su trabajo habitual al implicar esfuerzo físico de manos y pies.
Representada por el Bufete de Abogados ‘Jiménez Bidón’, la trabajadora decidió llevar el caso a la vía judicial para luchar por la pensión de incapacidad permanente. Así, el Juzgado de lo Social le reconoció una pensión de incapacidad permanente total.
Ante dicha sentencia judicial, el INSS optó por presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso del INSS y avala el reconocimiento de la incapacidad permanente total a la trabajadora.
Derecho a una pensión del 75% de la base reguladora
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que los informes médicos demuestran de manera clara que las patologías de la trabajadora afectan a sus miembros superiores y que, por tanto, presenta limitaciones para desarrollar su profesión habitual.
Por ello, el Alto Tribunal confirma la incapacidad permanente total para esta empleada del hogar de 67 años de edad. Debido a su edad y a que se encuentra en situación de paro, la trabajadora tiene derecho a cobrar una pensión con una cuantía equivalente al 75% de su base reguladora, con efectos retroactivos desde el 8 de febrero de 2023.
En concreto, la sentencia del Alto Tribunal considera que la trabajadora «no puede llevar a cabo las tareas fundamentales de su profesión con un mínimo de dedicación, profesionalidad y constancia sin que ello le ocasione riesgos adicionales o superpuestos o una continuación de sufrimiento en su trabajo cotidiano».
Al igual que esta trabajadora, son muchos los trabajadores que necesitan acudir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente tras la denegación por parte del INSS. Además, en algunos casos como este, la resolución llega hasta el Alto Tribunal. En situaciones excepcionales, es posible que se resuelva por el Tribunal Supremo.




