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Tododisca » Prestaciones

Un jefe de taller de 58 años gana el pulso al INSS y logra una pensión vitalicia de 2.252 euros al mes

La Seguridad Social le había denegado la incapacidad, pero el tribunal reconoció que su lumbalgia y su ansiedad le impedían seguir trabajando

Francisco Zuasti
25/07/2026 00:40
Prestaciones
Un jefe de taller de 58 años gana el pulso al INSS y logra una pensión vitalicia de 2.252 euros al mes

Un jefe de taller de 58 años gana el pulso al INSS y logra una pensión vitalicia de 2.252 euros al mes

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Un jubilado sí puede lograr la incapacidad permanente siempre y cuando la dolencia procede de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional

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Que la Seguridad Social deniegue una incapacidad permanente no siempre es la última palabra. Lo demuestra el caso de un jefe de taller de 58 años que, tras ver rechazada su solicitud por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), acudió a los tribunales y terminó logrando una pensión vitalicia de 2.252,50 euros al mes. Su historia ilustra hasta qué punto merece la pena recurrir cuando existen informes médicos que respaldan la imposibilidad de seguir trabajando.

Un trabajador con dolencias incompatibles con su puesto

El protagonista, empleado en un taller de metalurgia, arrastraba una importante dolencia lumbar a la que se sumaban un trastorno de ansiedad generalizada y episodios de ataques de pánico. Este conjunto de patologías, según se acreditó en el proceso, le impedían desempeñar las tareas propias de su profesión habitual, que exigían esfuerzo físico y una notable exigencia.

Pese a los informes médicos, el INSS resolvió en primera instancia que no procedía reconocerle la incapacidad permanente. Es una situación más frecuente de lo que parece: muchas solicitudes son denegadas inicialmente y solo prosperan tras un recurso judicial. El trabajador decidió no conformarse y llevó su caso a la vía social.

El tribunal le da la razón

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria desestimó el recurso presentado por la Seguridad Social y reconoció al trabajador una incapacidad permanente total para su profesión habitual. La resolución fijó una pensión equivalente al 55% de una base reguladora de 3.003,34 euros, que se incrementó en un 20% adicional por tratarse de un trabajador mayor de 55 años. El resultado final fue una prestación de 2.252,50 euros mensuales. Conviene recordar que cobrar una pensión de incapacidad permanente total permite, además, seguir cotizando de cara a la jubilación.

Qué es el complemento del 20%

El llamado «complemento del 20%» es un incremento que se aplica sobre la pensión de incapacidad permanente total cuando el beneficiario tiene 55 años o más y se presume una difícil reincorporación al mercado laboral. Se trata de una de las claves económicas de este tipo de resoluciones. Existen, de hecho, otros complementos que pueden aumentar la pensión de incapacidad permanente y que conviene tener en cuenta.

El caso confirma que una denegación inicial no cierra la puerta a la prestación. Ante una resolución desfavorable, es posible reclamar y, llegado el caso, acudir a los tribunales aportando informes médicos sólidos. También ayuda conocer los derechos que adquiere un trabajador tras obtener una incapacidad permanente. Según recuerda el propio Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, lo determinante es que las dolencias impidan de forma efectiva el desempeño de la profesión habitual del solicitante.

Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Experto en accesibilidad universal y discapacidad en Tododisca. Lesionado medular con un 90% de grado de discapacidad desde el 2008 y con un grado 3 de dependencia. Deportista adaptado en la modalidad de tenis de mesa y handbike, quedando tercero en campeonato de España. Master en Accesibilidad Universal y diseño para todos de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC). Empresario y CEO de Tododisca, Goframa y Grupo Iniciativas. Premio mejor autónomo de España en 2025 por la Federación Nacional de Autónomos (ATA)

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