El subsidio para mayores de 52 años vuelve a situarse en 2026 como una de las ayudas más sólidas del sistema asistencial por desempleo en España. Tras la reforma del nivel asistencial aplicada en 2024 y consolidada durante 2025, el inicio de 2026 confirma la continuidad del modelo, sin alteraciones estructurales en esta prestación concreta, que sigue diferenciándose del resto de subsidios por su duración y su impacto directo en la futura jubilación.
A diferencia de otras ayudas vinculadas al desempleo, este subsidio no ha sido objeto de ajustes normativos ni recortes. El Gobierno ha optado por mantener intacto su diseño, consciente de que actúa como una red de seguridad para personas que, por edad y circunstancias laborales, tienen mayores dificultades para reincorporarse al mercado de trabajo. No obstante, el nuevo ejercicio sí introduce matices económicos derivados de la evolución de los indicadores de referencia, especialmente el IPREM.
Cuantía del subsidio en 2026: comparación directa con 2025
Durante 2025, el subsidio para mayores de 52 años se situó en 480 euros mensuales, al estar fijado en el 80 % del IPREM vigente. En 2026, y a falta de una reforma específica de esta ayuda, la cuantía se mantiene vinculada al mismo porcentaje, pero queda condicionada a la actualización anual del IPREM aprobada en los Presupuestos Generales del Estado.
Si el IPREM permanece congelado, el importe mensual seguirá siendo de 480 euros. En cambio, si se aplica una subida —como viene reclamándose para reforzar el poder adquisitivo de los perceptores—, el subsidio aumentaría de forma automática, al tratarse de una referencia directa.
El acceso continúa reservado a personas desempleadas de 52 años o más que hayan agotado la prestación contributiva y que acrediten los requisitos exigidos para una pensión contributiva de jubilación, entre ellos un mínimo de 15 años cotizados.
Cotización a la Seguridad Social en 2026: sin cambios, pero con impacto clave
En materia de cotización, 2026 tampoco introduce modificaciones frente a 2025. Mientras se percibe el subsidio, el Estado sigue ingresando cotizaciones destinadas exclusivamente a la jubilación a través del SEPE, en coordinación con la Seguridad Social.
La base de cotización continúa calculándose sobre el 125 % de la base mínima del Régimen General, una condición especialmente ventajosa si se compara con otros subsidios asistenciales. Este mecanismo no solo evita lagunas de cotización, sino que influye de forma directa en la base reguladora de la futura pensión y en el acceso a modalidades como la jubilación anticipada.
Diferencias clave entre 2025 y 2026
| Aspecto | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
| Cuantía mensual | 480 € | 480 €* |
| Porcentaje aplicado | 80 % IPREM | 80 % IPREM |
| Base de cotización | 125 % base mínima | 125 % base mínima |
| Cambios normativos | Sin cambios | Sin cambios |
*Pendiente de la actualización oficial del IPREM para 2026.
Más allá de las cifras, el subsidio mantiene su carácter indefinido hasta la edad legal de jubilación, siempre que el beneficiario cumpla con las obligaciones anuales, como la Declaración Anual de Rentas. En un contexto de envejecimiento de la población activa, esta ayuda sigue siendo en 2026 un elemento central de estabilidad económica y protección social para miles de hogares.




