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Esto es lo que cotizan los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años en 2026

Las personas beneficiarias del subsidio para mayores de 52 años cotizan a la Seguridad Social de cara al cálculo de la pensión de jubilación

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
29/01/2026 07:30
en Prestaciones
Cotización en el subsidio para mayores de 52 años

Cotización en el subsidio para mayores de 52 años./ Licencia Adobe Stock

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica que pueden cobrar las personas en paro en 2026. Se trata del subsidio con mayores beneficios para los ciudadanos, aunque para tener derecho a su percepción es obligatorio el cumplimiento de ciertos requisitos básicos.

Este subsidio económico está gestionado por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), y está destinado a personas mayores de 52 años que han dejado de cobrar la prestación contributiva por desempleo. Además, también es necesario cumplir un requisito de carencia de rentas y continuar en situación de paro.

Cotización del subsidio para mayores de 52 años en 2026

Una de las ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que el ciudadano cotiza a la Seguridad Social por su percepción. Esta cotización juega un papel fundamental en el posterior cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación.

Compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años y la incapacidad permanente total

Requisitos para cobrar la incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años al mismo tiempo

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Soy beneficiario del subsidio para mayores de 52 años

Soy beneficiario del subsidio para mayores de 52 años: ¿tengo que hacer la declaración de la renta?

13/04/2026 10:53

Además de los requisitos descritos anteriormente, para tener derecho al subsidio para mayores de 52 años es obligatorio cumplir con los requisitos para tener derecho a cobrar la pensión contributiva de jubilación. Es decir, haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social.

Leer:  Subsidio para mayores de 52 años en 2026: qué cambia respecto a 2025 y cuánto se cobra ahora

La cotización del ciudadano al cobrar el subsidio para mayores de 52 años es del 125% de la base mínima vigente. En este año 2026 la base mínima ha subido a 1.381,20 euros, por lo que dicha cotización queda en 1.726,50 euros. El SEPE se encarga de ingresar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social de cara a la jubilación.

En este sentido, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «esta cotización del 125% solo se puede utilizar para el cálculo de la base reguladora de cara a hallar el importe de la pensión de jubilación. Y no se puede emplear como ‘cantidad de años’ cotizados de cara a cumplir los 15 años necesarios, como mínimo, que se necesitan para la jubilación ordinaria».

Leer:  El Supremo confirma que la incapacidad total es compatible con el subsidio para mayores de 52 años

Además, las cotizaciones por cobrar el subsidio para mayores de 52 años sí se podrán tener en cuenta como periodo de carencia para acceder a la modalidad de jubilación anticipada. Así se establece en la normativa actual del SEPE.

Ventajas de cobrar el subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar desde los 52 años de edad hasta que el ciudadano cumpla la edad de jubilación ordinaria correspondiente. Eso sí, siempre que siga cumpliendo con los requisitos que dieron origen al reconocimiento de la prestación. Esta es otra de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años con respecto a otros subsidios por desempleo del SEPE.

Leer:  El SEPE avisa a beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años: Deben presentar la Declaración de Rentas en 2026

La cuantía a percibir mensualmente por este subsidio es equivalente al 80% del IMPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). En 2026 el IPREM mensual continúa siendo de 600 euros, por lo que el importe de este subsidio continúa en 480 euros al mes.

Así, cualquier persona que cumpla con los requisitos podrá solicitar el subsidio para mayores de 52 años a través de las diferentes vías habilitadas por el SEPE para ello. Se podrá solicitar por la Sede Electrónica del SEPE, por correo ordinario, en las oficinas de prestaciones o en cualquier oficina de registro público.

Alejandro Perdigones
Alejandro Perdigones

Periodista de Jerez de la Frontera (Cádiz). Estudió el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en el año 2019. Posteriormente, obtuvo el título del Máster de Periodismo Deportivo de la Universidad de Sevilla. En su trayectoria profesional ha pasado por diferentes Medios de Comunicación como 'El Mira', especializándose en redacción. También ha colaborado con otros medios de comunicación, como la Cadena SER o Canal Sur.  Actualmente, es Jefe de Contenidos y Redactor en Tododisca, donde se ha especializado en temas relacionados con la discapacidad, dependencia, personas mayores y prestaciones.

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