Una funcionaria de la Xunta de Galicia con más de 31 años de servicio cobrará una pensión de jubilación extraordinaria, de mayor cuantía que la ordinaria que tenía reconocida. La Justicia ha concluido que su enfermedad se debe al edificio en el que trabajaba.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha reconocido su incapacidad como un acto de servicio. Según la sentencia, la dolencia de esta trabajadora es «consecuencia directa, exclusiva e inequívoca» de las condiciones de su puesto de trabajo.
El caso de esta funcionaria de la Xunta
Esta empleada pública trabajaba en la delegación territorial de Política Social de la Xunta en Ourense. Durante más de tres décadas no presentó antecedentes médicos de relevancia.
Sin embargo, todo cambió con el paso de los años en su puesto. La funcionaria desarrolló una Sensibilidad Química Múltiple de grado IV, asociada a fatiga crónica. Se trata de una enfermedad que provoca reacciones ante la exposición a sustancias químicas presentes en el ambiente, incluso en cantidades muy pequeñas.
Su estado de salud acabó desembocando en una incapacidad permanente total para su trabajo y en su jubilación.
Un edificio sin ventilación natural
El edificio de la calle Sáenz Díez, en Ourense, en el que trabajaba era un espacio hermético, sin ventilación natural. Además, el ambiente estaba expuesto a pinturas, insecticidas y productos de limpieza con amoniaco.
A ello se sumaban los problemas del sistema de climatización, que llegó a averiarse cinco veces solo en el primer semestre de 2017.
Hay un dato que ha pesado mucho en la decisión del tribunal: otra trabajadora del mismo edificio desarrolló síntomas idénticos. Para los magistrados, esto demuestra que el origen del problema estaba en el propio inmueble y no en una situación individual.
Qué es un «edificio enfermo»
El término «edificio enfermo» se utiliza para describir aquellos inmuebles en los que una parte de sus ocupantes sufre problemas de salud relacionados con el ambiente interior. Suele vincularse a una mala ventilación, a la acumulación de contaminantes o a fallos en la climatización.
Pensión extraordinaria por acto de servicio
La funcionaria ya tenía reconocida una jubilación por incapacidad, pero con una pensión ordinaria. Lo que reclamaba es que se reconociera que su enfermedad había sido provocada por su trabajo.
El tribunal le ha dado la razón. Así, al considerar que se trata de un acto de servicio, le corresponde una pensión extraordinaria, que es superior a la ordinaria.
Esta sentencia puede servir de referencia para otros empleados públicos de España que hayan desarrollado enfermedades vinculadas a las condiciones de los edificios en los que trabajan.




