Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva en España pueden cobrar una ayuda adicional durante el año 2026. Se trata de una ayuda específica habilitada por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) para personas perceptoras de una pensión de estas características y que viven de alquiler.
En concreto, hablamos del ‘Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada’. Este complemento económico se puede cobrar junto a la pensión no contributiva de jubilación y con la pensión no contributiva de incapacidad.
Ayuda adicional para pensiones no contributivas
Para tener derecho a cobrar este complemento económico, la persona beneficiaria de una pensión no contributiva debe cumplir una serie de requisitos básicos que enumeramos a continuación desde Tododisca:
- Ser beneficiario de una pensión no contributiva de jubilación o incapacidad.
- Carecer de una vivienda en propiedad.
- Ser titular de un contrato de alquiler de la vivienda. Es necesario tener fijada la residencia como domicilio habitual en la vivienda alquilada.
- La persona beneficiaria no puede tener relación conyugal o de parentesco hasta tercer grado con el arrendador de la vivienda.
Además de todos estos requisitos básicos, desde el IMSERSO recuerdan que «si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos».
La cuantía de este complemento en 2026 es de 525 euros anuales, al igual que en 2025. Se trata de un importe muy inferior para las personas beneficiarias de una pensión no contributiva que se encuentran en esta situación. En cualquier caso, las personas que cumplan con los requisitos correspondientes podrán proceder a su solicitud.
Cómo solicitar el complemento para las pensiones no contributivas
Las personas interesadas en cobrar este complemento deben realizar la solicitud en los órganos competentes de las diferentes Comunidades Autónomas. Así, disponen hasta el 31 de diciembre de 2026 para poder completar la solicitud.
Por lo general, según la naturaleza de estas prestaciones, las personas beneficiarias de las pensiones contributivas son ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. El objetivo de estas pensiones es ofrece una protección económica para no dejar desamparados a dichos ciudadanos.
El ‘Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada’ es el único que se puede percibir en caso de ser beneficiario de una pensión no contributiva de jubilación. En el caso de las personas perceptoras de una pensión no contributiva de incapacidad, además de este complemento, también es posible percibir un complemento adicional.
Se trata del complemento económico para personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 75%. En este caso, el importe es equivalente al 50% de la cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad. Con la subida aprobada por el Gobierno, el importe de este complemento en 2026 es de 4.401,60 euros anuales.




