Carlos, repartidor de profesión, ha conseguido el reconocimiento de una incapacidad permanente total a través de la Reclamación Previa por la vía administrativa. Inicialmente, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le denegó la incapacidad laboral.
Para presentar la Reclamación Previa, este trabajador contó con el asesoramiento y el trabajo de la abogada Marina Alaminos, que demostró que su cliente cumplía con los requisitos pertinentes para ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente total.
Secuelas y limitaciones para trabajar como repartidor
Carlos llevaba muchos años trabajando como repartidor, un empleo exigente que requiere de un esfuerzo físico constante. Se trata de un trabajo de carga y descarga constante, que además exige la conducción de un vehículo.
En este sentido, es preciso recordar que las pensiones de incapacidad permanente no solo se reconocen por las dolencias que presenta el trabajador, sino que también influyen otros factores como la actividad laboral que desarrolla habitualmente el propio ciudadano.
Con el paso del tiempo, Carlos comenzó a sentir dolor prácticamente a diario al realizar su actividad laboral. Y es que este trabajador fue diagnosticado con las siguientes dolencias y patologías:
- Deformidad de los pies que afectaba directamente a la deambulación.
- Dolor de cadera y rodilla.
- Problemas lumbares y cervicales en la columna.
A través de sus redes sociales (@marinaalaminos), la abogada Marina Alaminos expone que «son un conjunto de patologías que le impedían realizar esfuerzos físicos, estar mucho tiempo de pie o realizar desplazamientos largos».
Este trabajador acudió a varios especialistas médicos para seguir diferentes tratamientos, e incluso se sometió a una intervención quirúrgica. Sin embargo, el dolor persistía y no experimentó ningún tipo de mejoría en su estado de salud.
Ante ello, Carlos no tuvo más remedio que solicitar la baja médica en su trabajo. Durante el periodo de baja laboral, Carlos tampoco tuvo mejoría y comenzaba a asumir que ya no podría volver a trabajar como repartidor.
Incapacidad permanente total en la Reclamación Previa
Tras cumplir el tiempo de baja médica pertinente, el INSS inició de oficio el expediente de incapacidad permanente. A pesar de ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó la solicitud de incapacidad permanente al considerar que no existían las limitaciones y secuelas.
Es decir, para la Seguridad Social, Carlos debía volver a trabajar como repartidor con todas las dolencias que presentaba. Frente a esta situación desesperada, Carlos acudió al despacho de abogados de Marina Alaminos.
«Analicé su caso y el problema era evidente. No se había valorado correctamente las exigencias de su profesión, ni como sus patologías afectaban a su capacidad para trabajar», comenta Marina Alaminos.
Entonces, la mencionada abogada preparó la Reclamación Previa para demostrar que «no podía realizar las tareas propias de un repartidor con dignidad y seguridad». En este caso, el INSS aceptó la Reclamación Previa y concedió a Carlos el reconocimiento de una incapacidad permanente total para la profesión habitual.
Actualmente, Carlos cobra una incapacidad permanente total con una cuantía equivalente al 55% de su base reguladora. Además, compatibiliza esta pensión con una profesión sedentaria que no entra en conflicto son sus limitaciones físicas.




