El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el reconocimiento de una incapacidad permanente en grado de Gran Invalidez a una mujer que trabajaba como higienista dental. Esta trabajadora presentaba graves secuelas tanto físicas como psicológicas tras someterse a una operación quirúrgica.
La sentencia judicial ratifica que la trabajadora presenta limitaciones para desarrollar cualquier profesión o actividad laboral. Además, también acredita que necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas de la vida cotidiana.
Gran Invalidez para una mujer que trabajaba como higienista
Esta trabajadora sufre secuelas importantes como consecuencia de una operación. En concreto, este es el cuadro clínico de esta trabajadora que ejercía como higienista y que ha obtenido el reconocimiento de una Gran Invalidez:
- Disfagia persistente.
- Desnutrición severa.
- Inestabilidad en la marcha.
- Limitación de la movilidad cervical y de miembros superiores.
- Trastorno mixto ansioso-depresivo.
Tal y como se ha constatado en el proceso judicial, se trata de una persona que requiere de ayuda para las actividades básicas de la vida cotidiana, como cocinar, ducharse, vestirse, lavar la ropa, utilizar medios de transporte o realizar las tareas del hogar.
Teniendo en cuenta su situación, el 3 de noviembre de 2023, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le otorgó el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta para toda profesión. En este caso, se establece el derecho a cobrar una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora, que para esta trabajadora es de 3.401,23 euros al mes.
Reclamó la Gran Invalidez por la vía judicial
A pesar del reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta, esta trabajadora decidió demandar al INSS y reclamar una Gran Invalidez, debido a que necesitaba la ayuda de terceras personas para llevar a cabo las acciones esenciales del día a día.
En este sentido, el Juzgado de lo Social le reconoció la Gran Invalidez por enfermedad común. Por ello, además de una pensión equivalente al 100% de su base reguladora de 3.401,23 euros al mes, también obtuvo el derecho a percibir un complemento económico de 1.788,03 euros.
Tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social como la Tesorería General de la Seguridad Social presentaron un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Un recurso que ha sido desestimado.
Finalmente, el Tribunal de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social y ha reconocido a esta trabajadora el derecho a cobrar una pensión de Gran Invalidez. El juez ha podido comprobar que la afectada necesita realmente ayuda para desarrollar las actividades básicas de la vida.
Una de las claves de la sentencia judicial es que explica que los argumentos sobre el informe del forense no pueden tenerse en consideración en esta instancia. Eso se debe a que no se solicitó la revisión de los hechos probados por el juez a través de la valoración de todas las pruebas.
Después de casi tres años de proceso, esta trabajadora ha obtenido finalmente el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente en grado de Gran Invalidez.




