Alberto Benítez, abogado del despacho ‘Juristas-Laboralistas’, ha mostrado en un vídeo cómo desmontar los argumentos del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) en un juicio sobre el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.
La cuenta de Instagram de ‘Juristas-Laboralistas’ ha publicado un vídeo en el que Alberto Benítez participa en un juicio de incapacidad permanente y desmonta las justificaciones del INSS para denegar la pensión en solo un minuto.
Alberto Benítez desmonta los argumentos del INSS
En concreto, se trata del caso de una trabajadora a la que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le llegó a denegar la incapacidad permanente en hasta tres ocasiones. Desde el bufete de ‘Juristas-Laboralistas’ exponen que «jugaron con su salud, su paciencia y su dinero, diciéndole que estaba apta para trabajar cuando no lo estaba. Pero se toparon con nosotros».
Así, desde este despacho de abogados han querido publicar un pequeño vídeo en el que Alberto Benítez desmonta los argumentos presentados por el INSS en poco más de un minuto.
Primeramente, Benítez señala que el INSS «se limita a indicar sintomatología anímica en seguimiento y trastorno por salud mental. Qué fácil de decir». Poco después, dirigiéndose al magistrado de la sala, añade que «esta señora lleva tratándose en salud mental desde el año 2016. Y permanentemente sin solución ninguna señoría».
Por otro lado, también expone en su argumento que «el INSS no describe las limitaciones derivadas del trastorno distímico de la personalidad ni la inclusión en el programa de prevención del suicidio del servicio andaluz de salud o el abuso de medicación con episodio de disartria tóxica».
Es decir, el abogado y socio-director de ‘Juristas-Laboralistas’ manifiesta que el INSS deriva algunas de las limitaciones que presenta esta trabajadora y a la que le han rechazado el reconocimiento de la incapacidad permanente.
Reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta
Continuando con su declaración, Alberto Benítez indica que «hay algo que a la compañera contraria se le ha escapado, entendemos: El principio jurídico prudencial de valoración conjunta del cuadro clínico. Además, añade que «entendemos que es básico que todas las patologías deben ser valoradas a efecto de determinar la capacidad laboral».
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Por otro lado, este abogado especialista en la materia resalta que «cuando hay una psicopatología con deterioro cognitivo habrá que valorar si existe o no capacidad residual. Hay que hacer una valoración de todas las patologías y, evidentemente, las capacidades que ello conlleva».
El INSS en sus argumentos afirman que no existe capacidad residual laboral en términos de rentabilidad empresarial, así como de continuidad y eficacia. Respecto a ello, Alberto Benítez defiende que «no estamos hablando en términos absolutos de que mi clienta tenga capacidad o no de acceder al mercado laboral, sino en términos de ser rentable para un empresario».
Finalmente, se dirige de la siguiente manera al juez de la sala: «Entendemos señoría que, con las limitaciones que padece mi representada, mandarla al mercado laboral con la situación crónica que se encuentra a nivel funcional es una auténtica barbaridad. Por todo ello, solicitamos una incapacidad permanente absoluta«.
La resolución judicial de este caso determina que la trabajadora tiene derecho al reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora.




