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Los autónomos con una discapacidad del 33% pueden disfrutar de una cuota de 80 euros al mes durante tres años

Alejandro Perdigones
12/05/2026 14:16
en Discapacidad
Trabajador autónomo con discapacidad del 33%

Trabajador autónomo con discapacidad del 33%./ Licencia Adobe Stock

Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que se den de alta como trabajadores autónomos pueden disfrutar de una cuota de Tarifa Plana de 80 euros al mes durante un periodo de tres años. Así se recoge en la normativa actual de la Seguridad Social.

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Desde la Seguridad Social explican que «la tarifa plana consiste en el pago de una cuota de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de alta si el autónomo se da de alta por primera vez en Trabajo Autónomo. Durante este periodo, se cotizará por el importe de la base mínima del tramo 1 de la tabla general de cotización».

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Cuota de Tarifa Plana para autónomos con discapacidad

A la cuota de Tarifa Plana es necesario añadirle la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,9%). Por tanto, el importe de la cuota de Tarifa Plana para nuevos autónomos asciende a 88,64 euros al mes.

Para los nuevos trabajadores autónomos, en general, la duración de la cuota de Tarifa Plana es de 12 meses (un año). Podrá ser prorrogable por otros 12 meses en caso de que los rendimientos económicos del trabajador sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el primer año de actividad.

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En el caso de los nuevos trabajadores autónomos con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, la duración de la cuota de Tarifa Plana será de 24 meses (dos años); prorrogables por otros 12 meses en caso de que la previsión de los rendimientos netos anuales sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

Para poder disfrutar de la Tarifa Plana durante tres años, el trabajador autónomo debe cumplir con los requisitos que exponemos a continuación:

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tener ingresos anuales inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante los dos primeros años de actividad.
  • No haber estado incluido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los dos años anteriores, o en los 3 años previos si hubiera disfrutado de este beneficio con anterioridad.

En cualquier caso, desde el Gobierno de España recuerdan que «para disfrutar de la Tarifa Plana debes estar al corriente de pago con la Seguridad Social y las Administraciones Tributarias, así como cumplir los requisitos exigidos».

Hay que tener en cuenta que en algunos territorios los gobiernos autonómicos cuentan con bonificaciones en la cuota de Tarifa Plana para los nuevos autónomos. Estas cuotas bonificadas también se aplican para los nuevos trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%.

Beneficios para autónomos con discapacidad

Además de los beneficios descritos en relación a la cuota de Tarifa Plana, los trabajadores autónomos con discapacidad también pueden acceder a otra serie de beneficios y ventajas en España. A continuación, enumeramos algunos de los más relevantes:

  • Ayudas económicas para inversión inicial.
  • Financiación más barata.
  • Beneficios para la asistencia técnica.
  • Ayudas por formación.
  • Deducción en el IRPF por seguros.

Los trabajadores autónomos con discapacidad sobrevenida también pueden solicitar la tarifa reducida. Es decir, si han obtenido el reconocimiento del grado de discapacidad siendo ya trabajadores por cuenta propia. Para ello, es preciso el cumplimiento de una serie de requisitos básicos marcados por la normativa de la Seguridad Social.

Alejandro Perdigones
Alejandro Perdigones

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