Obtener el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente puede generar diferentes dudas en la persona beneficiaria. Una de estas dudas se encuentra en la posibilidad de hacer deporte siendo perceptor de una incapacidad permanente total.
Existen diferentes acciones que pueden poner en riesgo el derecho a la incapacidad permanente total, siempre que dichas acciones entren en conflicto con las limitaciones que originaron el derecho a la pensión.
Hacer deporte e incapacidad permanente total
Respecto a este tipo de dudas, los abogados profesionales de ‘Fidelitis’ aclaran que «la respuesta es que sí, en muchos casos es posible hacer deporte con una incapacidad permanente total, siempre que la actividad sea compatible con las limitaciones que motivaron el reconocimiento de la pensión».
Los ciudadanos en España deben tener claro que el reconocimiento de una incapacidad permanente total no prohíbe la realización de ningún deporte. En este contexto, desde ‘Fidelitis’ señalan que «la incapacidad permanente total impide desempeñar la profesión habitual, pero no obliga a permanecer inactivo ni prohíbe practicar ejercicio físico».
La clave se encuentra en el tipo de deporte a desarrollar y que no entre en conflicto con las limitaciones funcionales reconocidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Y es que no todos los deportes implican las mismas exigencias físicas.
Sobre este asunto, los expertos de ‘Fidelitis’ enumeran una serie de actividades deportivas que pueden resultar compatibles con muchas incapacidad permanente:
- Caminar.
- Yoga.
- Natación terapéutica.
- Bicicleta estática.
- Pilates adaptado.
- Ejercicios de rehabilitación.
- Senderismo de baja intensidad.
De hecho, algunos deportes pueden incluso estar recomendados por un especialista médico en relación a las limitaciones que presenta el trabajador y que han ocasionado la situación de incapacidad permanente total.
Por lo general, los deportes de contacto o las actividades físicas de alta intensidad suelen ser más incompatibles en determinados casos de incapacidad permanente. Sin embargo, hay que tener en cuenta que cada caso es diferente.
¿El INSS puede revisar la pensión por hacer deporte?
Llegados a este punto, otra duda habitual entre muchos ciudadanos es si el INSS puede revisar la pensión de incapacidad permanente total a una persona por hacer deporte. La revisión puede tener lugar, pero no por el simple hecho de realizar una actividad deportiva.
En este sentido, desde ‘Fidelitis’ manifiestan que «el INSS puede revisar una incapacidad permanente cuando existan indicios de que el beneficiario ha experimentado una mejoría o realiza actividades incompatibles con las limitaciones reconocidas».
Por tanto, si una persona realiza de forma reiterada una actividad deportiva que entre en conflicto con las limitaciones funcionales que originaron la incapacidad permanente total, el INSS podría revisar la situación del trabajador. No obstante, es importante reiterar que cada caso debe analizarse de manera particular.
Como conclusión, los abogados expertos de ‘Fidelitis’ advierten que «si el INSS aprecia que la actividad deportiva demuestra una capacidad física incompatible con las limitaciones que justificaron la incapacidad permanente, podría iniciar un procedimiento de revisión».
Sea como fuere, lo más recomendable es actuar siempre con coherencia en relación a la situación médica y teniendo en cuenta las limitaciones que generaron el derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente total.




