El complemento para la reducción de la brecha de género abona en 2026 un total de 36,90 euros brutos al mes por cada hijo, es decir, 442,80 euros al año por hijo, con un tope de cuatro hijos que eleva la cifra máxima a 147,60 euros mensuales. Lo cobran ya más de 1,6 millones de pensiones, de las cuales el 71% corresponde a mujeres, con un importe medio de 76,8 euros al mes, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones correspondientes a julio de 2026. Las cuantías están fijadas en el Real Decreto 241/2026, publicado en el BOE el 26 de marzo de 2026.
Y hay un matiz que sigue sorprendiendo a mucha gente: no es un complemento exclusivo de las mujeres.
Qué es y por qué se creó
El complemento sustituyó en 2021 al antiguo complemento por maternidad. Su finalidad es compensar el perjuicio que la crianza de los hijos provoca en la carrera de cotización: interrupciones, reducciones de jornada, excedencias y salidas del mercado laboral que se traducen, décadas después, en una pensión más baja.
No se calcula como un porcentaje de la pensión, sino como una cantidad fija por hijo, lo que hace que su peso relativo sea mayor cuanto más baja es la pensión de partida. Ese diseño es deliberado.
Quién puede cobrarlo
Los requisitos son tres y hay que cumplirlos todos:
- Ser titular de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Que la pensión se haya causado a partir del 4 de febrero de 2021. Esta es la barrera que deja fuera a la mayoría de pensionistas actuales.
- Haber tenido uno o más hijos, biológicos o adoptados.
Quedan excluidos quienes hayan sido privados de la patria potestad por resolución judicial y quienes hayan sido condenados por violencia de género o por delitos contra los hijos.
El punto que casi nadie conoce: también lo cobran los hombres
Cuando se creó, la norma establecía una regla de preferencia dentro de la pareja y exigía a los hombres acreditar un perjuicio concreto en su carrera de cotización. Los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la doctrina posterior han equiparado el acceso: hoy hombres y mujeres pueden solicitarlo en idénticas condiciones.
El dato del 71% de perceptoras mujeres no refleja, por tanto, una restricción legal, sino quién está pidiendo el complemento. Es decir: muchos pensionistas varones con hijos que causaron su pensión después de febrero de 2021 no lo han solicitado.
Cómo se solicita
El complemento se reconoce normalmente junto con la pensión, en el mismo expediente. Pero cuando no se ha reconocido de oficio, puede pedirse después ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aportando el libro de familia o la documentación acreditativa de la filiación.
Cabe recordar que el complemento se abona en catorce pagas, como la propia pensión, y que se revaloriza cada año con el IPC igual que el resto de prestaciones. En 2026 la revalorización general fue del 2,7%.
Cuánto supone realmente
Un pensionista con dos hijos percibe 73,80 euros al mes adicionales; con tres, 110,70 euros; con cuatro o más, el máximo de 147,60 euros. En cómputo anual, y con catorce pagas, la horquilla va de 516,60 a 2.066,40 euros.
Sobre una pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo, que en 2026 se sitúa en 1.256,60 euros mensuales, el complemento por cuatro hijos representa cerca de un 12% adicional. Sobre una pensión alta, el porcentaje se diluye.
Asimismo, el complemento es compatible con otras mejoras de la pensión, como el incremento del 20% de la incapacidad permanente total cualificada, y no computa a efectos del límite de pensión máxima en los mismos términos que el resto de conceptos.
Con todo, la recomendación práctica es sencilla: si usted causó pensión después del 4 de febrero de 2021, tiene hijos y no ve este concepto en su certificado de retenciones, merece la pena revisarlo. Con la pensión de viudedad ocurre exactamente lo mismo.
Fuente: Real Decreto 241/2026, BOE.




