Si quieres adelantar tu jubilación sin perder dinero de la pensión, puedes hacerlo si perteneces a determinados colectivos reconocidos por la normativa y cumples los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Esta posibilidad está prevista por la ley para profesiones especialmente penosas, peligrosas o con un elevado desgaste físico, aunque no se aplica de forma general a todos los trabajadores de un mismo sector.
Aunque la edad ordinaria de jubilación continúa aumentando en España, la legislación mantiene excepciones para actividades cuya naturaleza justifica reducir la edad de retiro. Además, desde la entrada en vigor del Real Decreto 402/2025 se ha establecido un procedimiento para que nuevas profesiones puedan solicitar el reconocimiento de coeficientes reductores, si bien este mecanismo no supone que todos los sectores incluidos en esas solicitudes puedan jubilarse antes de forma automática.
Profesiones que pueden acceder a la jubilación anticipada sin reducción de la pensión
En 2026, el sistema público de pensiones mantiene la posibilidad de adelantar la jubilación sin aplicar los coeficientes reductores propios de la jubilación anticipada ordinaria para determinados colectivos. No obstante, esta opción no está abierta a todos los trabajadores y depende de que la profesión cuente con una regulación específica que reconozca ese derecho.
Entre los colectivos que actualmente disponen de esta posibilidad se encuentran:
- Mineros, por la peligrosidad de su actividad, el esfuerzo físico y la exposición continuada a condiciones especialmente exigentes.
- Trabajadores del mar, cuya actividad está regulada mediante coeficientes reductores específicos.
- Miembros de determinados cuerpos de seguridad y emergencias, como bomberos, policías locales o la Ertzaintza, debido a la exigencia física y al riesgo inherente a su trabajo.
- Determinados colectivos profesionales, como algunos artistas o profesionales taurinos, en los supuestos previstos por la normativa.
- Personas con discapacidad que acrediten el grado exigido y cumplan el resto de requisitos establecidos legalmente.
En el caso de otros sectores, como la construcción, el reconocimiento de coeficientes reductores todavía depende de que se complete el procedimiento previsto en el Real Decreto 402/2025 y de que el Gobierno apruebe la correspondiente regulación para ese colectivo.
La Seguridad Social es el organismo encargado de gestionar estas pensiones y de comprobar que cada trabajador reúne las condiciones exigidas para acceder a esta modalidad de jubilación.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
Los requisitos varían según el colectivo al que pertenezca el trabajador. En algunos casos se exige acreditar un determinado período de cotización, mientras que en otros también se tienen en cuenta los años efectivamente trabajados en la actividad o el grado de discapacidad reconocido.
Por este motivo, no existe un requisito único de cotización aplicable a todos los colectivos. La exigencia de haber cotizado 35 años corresponde principalmente a la jubilación anticipada voluntaria, mientras que las modalidades vinculadas a profesiones con coeficientes reductores o a la discapacidad se rigen por su normativa específica.
Además de esta modalidad, el sistema contempla otras formas de jubilación anticipada, como la voluntaria o la derivada de un cese involuntario en el trabajo. En estos supuestos sí se aplican coeficientes reductores sobre la pensión, que pueden alcanzar reducciones de hasta el 21 % en función del tiempo de anticipación y de la carrera de cotización del trabajador.
El sistema público de pensiones continúa adaptándose para compatibilizar la sostenibilidad financiera con la protección de quienes desarrollan actividades especialmente penosas. Al mismo tiempo, el Gobierno mantiene abierto el procedimiento para estudiar la incorporación de nuevos colectivos que puedan beneficiarse de coeficientes reductores en el futuro.




