El 8 de abril de 2026 comienza la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2025. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas también deben estar atentos ante la posible obligación de presentar la Declaración de la Renta.
Según la normativa fiscal, algunos ciudadanos en España están exentos de presentar la Declaración de la Renta al contar con determinados niveles de ingresos. Este aspecto es fundamental para las personas perceptoras de una pensión no contributiva.
Pensiones no contributiva y Declaración de la Renta
Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva, por lo general, no tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta, ya que sus ingresos son inferiores al límite que establece Hacienda para un solo pagador.
En 2026 tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta las personas que cuenten con los siguientes ingresos.
- Más de 22.000 euros anuales durante 2025 procedentes de un único pagador.
- Más de 15.876 euros en caso de tener dos o más pagadores.
En 2025, el importe de las pensiones no contributivas de jubilación y de incapacidad fue de 7.905,80 euros anuales. Por tanto, las personas perceptoras de una pensión no contributiva no tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta por los ingresos procedentes de la propia prestación.
Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta en caso de recibir otros ingresos, compatible con la pensión, y que superen los límites de ingresos descritos anteriormente.
Declaración Anual de Ingresos
Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva sí que tienen derecho a presentar cada año una Declaración Anual de Ingresos ante el organismo gestor de la prestación, ya sea el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) o la Comunidad Autónoma.
La Declaración Anual de Ingresos es un documento clave que no se debe confundir con la Declaración de la Renta. Esto es algo que deben tener en consideración todas las personas beneficiarias de pensiones no contributivas en España.
Una de las condiciones básicas para tener derecho a cobrar una pensión no contributiva en España es cumplir con un determinado requisito de carencia de rentas. Por ejemplo, para este año 2026, desde el IMSERSO indican que «existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2026, sean inferiores a 8.803,20 euros anuales«.
Cada año, para mantener el derecho a seguir percibiendo la pensión no contributiva, la persona beneficiaria debe presentar la Declaración Anual de Ingresos. A través de este documento, el ciudadano acredita que sigue cumpliendo con los correspondientes requisitos de carencia de rentas para continuar cobrando en pleno derecho la pensión no contributiva.
En este sentido, los profesionales del IMSERSO recuerdan que «el incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. La rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos».
Por tanto, los beneficiarios de una pensión no contributiva, salvo excepciones, no tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, sí deben presentar cada año la Declaración Anual de Ingresos.






