La Sección de lo Social del del Tribunal de Instancia de Santander ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a indemnizar a un jubilado al que se le denegó el complemento de brecha de género en su pensión de jubilación.
Esta indemnización se aplica por daños morales hacia el pensionista, que cumplía los requisitos para cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Sin embargo, el INSS y la TGSS le denegaron el complemento económico en su pensión de jubilación.
Indemnización por daños morales a un pensionista jubilado
Tanto el INSS como la TGSS deberán indemnizar al demandante con un importe de 1.800 euros por daños morales. Se trata de una sentencia judicial relevante para los jubilados pensionistas en relación al complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
Este ciudadano se jubiló en el mes de agosto de 2022. Tres años después de acceder a la jubilación, solicitó el reconocimiento del complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones por sus dos hijos.
Recordemos que este complemento económico de la Seguridad Social está destinado a las personas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. Pueden cobrarlo tanto mujeres como hombres pensionistas.
La solicitud del complemento de brecha de género de este ciudadano fue rechazada por silencio administrativo. Ante ello, este pensionista jubilado presentó una demanda por la vía judicial para reclamar el reconocimiento del mencionado complemento.
Derecho al complemento en la pensión y a una indemnización
Así, la sentencia judicial de este caso se dictó a principios del mes de marzo de 2026. La juez que ha llevado el caso ha determinado que se ha producido la vulneración de un derecho fundamental por la denegación del complemento en la pensión a este ciudadano jubilación.
No solo le ha reconocido el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, sino que también ha condenado al INSS y a la TGSS a pagar una indemnización de 1.800 euros por daños morales y perjuicios.
Este caso cumple con una particularidad, debido a que el ciudadano presentó una Reclamación Previa por la vía administrativa y una demanda contra el INSS y la TGSS por la vía judicial. En la Reclamación Previa por la vía administrativa se le concedió el complemento para la brecha de género en la pensión.
A pesar de que ya se le había concedido por la vía administrativa el complemento, la magistrada ha condenado al INSS y a la TGSS a pagar una indemnización de 1.800 euros por daños morales. Del mismo modo, ha ratificado que al trabajador le corresponde cobrar este complemento económico en su pensión contributiva de jubilación.
Desde la Unión Sindical Obrera (USO), en relación a esta sentencia judicial, defienden que «el derecho a ser indemnizado por los daños morales y perjuicios ocasionados debe reconocerse a todos los hombres a los que se denegó este complemento cuando se jubilaron, con independencia de que dicha denegación se produjera antes o después de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE).




