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La edad de jubilación seguirá subiendo en 2027 hasta los 67 años y mantiene los 65 años si cumples esta cotización

El acceso a la pensión completa de jubilación se va dificultando cada año a consecuencia de la reforma del sistema de las pensiones del Gobierno

  • Qué deducciones se pueden aplicar en la Declaración de la Renta en caso de vivir en Andalucía
  • Un trabajador logra una pensión de incapacidad permanente de 2.172 euros tras un error del INSS
Francisco Zuasti Francisco Zuasti
05/03/2026 23:54
Publicado en Prestaciones
La edad de jubilación seguirá subiendo en 2027 hasta los 67 años y mantiene a 65 años cumples esta cotización

La edad de jubilación seguirá subiendo en 2027 hasta los 67 años y mantiene a 65 años cumples esta cotización

Los más jóvenes se preguntan si llegará el día en el que podrán alcanzar una pensión de jubilación. Pues el sistema de las pensiones está desde hace unos años en entredicho, por no ser viable a futuro para muchos expertos. Y es que hay una corriente que asegura que debido a que hay un mayor gasto que ingresos en esta ‘hucha’ que mantienen las pensiones, en un futuro próximo no será viable mantener a los trabajadores que sigan retirándose y reclamando una pensión.

Por su parte, los trabajadores de más edad que ya tienen su cabeza en la jubilación, no se aclaran sobre el momento en el que pueden retirarse para alcanzar el 100 por cien de la pensión. Y es que los criterios para poder jubilarse y acceder a la pensión total, cambian cada año en base a la reforma del sistema de las pensiones en la que estamos inmersos. Pues a pesar de las previsiones anteriormente citadas, el objetivo es salvar este sistema para que pueda seguir manteniéndose en el tiempo.

Reforma en el sistema de las pensiones

El proceso para acceder a la jubilación en España está en un proceso de cambio debido a la reforma del sistema de las pensiones aprobada por el Gobierno de España en 2011. Un proceso que se inició dos años después, en 2013, y cuyo objetivo es fijar la edad de jubilación en los 67 años. No hay que olvidar, que hasta el inicio de este proceso, la edad legal de jubilación en España era de 65 años, sin embargo, esta reforma ha tenido como consecuencia que cada año, esta cifra aumente.

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Pero, ¿Cuáles fueron los motivos que llevaron al Gobierno de España a llevar a cabo esta reforma en la edad de jubilación? Para empezar, que la población ahora vive más años. El aumento de la esperanza de vida ha provocado que cada vez las personas vivan más años, y esto nos lleva a un segundo motivo: Si las personas viven durante más tiempo, significa que serán más los años que acabarán viviendo del sistema de las pensiones estatal, lo que aumenta considerablemente el gasto.

El problema es que este mayor gasto, presupone una previsión de inviabilidad de mantener este sistema de pensiones. Y es que al tener que contar con un mayor número de pensionistas, el gasto en las pensiones se multiplicaría exponencialmente, hasta tal punto que podría llegar a agotarse esta partida reservada. Con el fin de salvar este proceso y cubrir a los futuros pensionistas, estamos inversos en un proceso de aumento de la edad de jubilación hasta los 67 años.

Cambios en la jubilación a causa de la reforma del sistema de las pensiones

El acceso a la pensión completa de jubilación cuenta cada año con requisitos más estrictos. Esto se debe a la reforma del sistema de las pensiones aprobada por el Gobierno de España en 2011. Pero, ¿Qué ha conllevado dicha reforma? Según el plan aprobado, se estableció lo siguiente:

  • Aumento progresivo a lo largo de un periodo transitorio hasta los 67 años en un periodo de 15 años que comenzó en 2013 y culmina en 2027.
  • En 2026, la edad ordinaria de jubilación pasa a ser de 66 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses.
  • Se mantiene la posibilidad de jubilación a los 65 años con el 100 por cien de la pensión cuando se acredite un período de cotización que se aumentará gradualmente hasta los 38 años y 3 meses.
  • También podrán jubilarse a partir de los 65 años quienes no reúnan este período de cotización aunque se aplicará un coeficiente reductor a la cuantía de la pensión.
  • Se tiene en cuenta la interrupción de la vida laboral de las madres y padres para cuidar de sus hijos menores de seis años, por lo que se computará como períodos trabajados a efectos de edad de jubilación nueve meses por cada hijo o menor adoptado o acogido con un límite máximo acumulado de dos años Los tres años de excedencia por cuidado de cada hijo o menor acogido tendrán la consideración de período de cotización efectiva..
  • Se contempla asimismo la jubilación antes de la edad ordinaria de los trabajadores que realicen trabajos de especial peligrosidad o penosidad.
  • Se elimina el supuesto de jubilación especial a los 64 años.
Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Soy experto en accesibilidad por la Universidad Internacional de Cataluña. Escribo en Tododisca sobre discapacidad, deporte adaptado, productos de apoyo y accesibilidad. Respetamos las buenas prácticas éticas y editoriales

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