Recibir una carta del SEPE reclamando dinero ya cobrado es más habitual de lo que parece, sobre todo entre quienes perciben el subsidio para mayores de 52 años. El organismo dispone de un plazo de cuatro años para exigir el reintegro de prestaciones indebidas, y si la deuda no se abona voluntariamente puede descontarla de futuras prestaciones o derivarla a la vía de apremio.
Por qué se genera la deuda
- No comunicar el inicio de un trabajo o el aumento de ingresos por encima del 75% del salario mínimo, es decir, 915,75 euros mensuales en 2026.
- No presentar la declaración anual de rentas dentro del plazo de quince días.
- Salir al extranjero más allá de los límites previstos sin comunicarlo.
- Errores en el certificado de empresa o en los datos de cotización remitidos.
El procedimiento paso a paso
El SEPE notifica una propuesta con el importe y el motivo, y abre un plazo de alegaciones. Después dicta resolución, que fija la cantidad definitiva y el plazo de pago voluntario. Solo si ese plazo vence sin abono se activa el cobro forzoso.
Es decir, el momento clave son las alegaciones: ahí se aportan las nóminas, la vida laboral o los justificantes que pueden reducir o anular la deuda.
Qué se puede hacer
Cabe solicitar el fraccionamiento del pago cuando la cantidad es elevada, y recurrir la resolución mediante reclamación previa dentro del plazo indicado en la notificación. Si el error es del propio organismo o de la empresa, conviene acreditarlo documentalmente desde el primer escrito.
Por el contrario, ignorar la notificación es la peor opción: la deuda no desaparece y se descuenta automáticamente de cualquier prestación posterior.
La prevención es más barata que el recurso
Comunicar cualquier variación en el mismo momento en que se produce evita el 90% de estos expedientes. El subsidio de los 52 años paga 480 euros mensuales y cotiza por jubilación, de modo que perderlo tiene doble coste.
Puedes consultar las claves del subsidio para mayores de 52 años y los requisitos oficiales en la ficha del SEPE.




