Un trabajador en España ha logrado pasar a una incapacidad permanente absoluta después de varios años cobrando una incapacidad permanente total. «El grado de incapacidad permanente no tiene por qué permanecer invariable para siempre», aclara la abogada Marina Alaminos.
Rubén trabajaba inicialmente como bombero y obtuvo el reconocimiento de una incapacidad permanente total debido a problemas de espalda y de rodillas. Sus limitaciones físicas eran incompatibles con las exigencias de su profesión como bombero, por lo que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le reconoció una incapacidad permanente total para su actividad laboral habitual.
Agravamiento de su estado varios años después
Después de años percibiendo una incapacidad permanente total, su situación de salud empeoró. El dolor cada vez era más generalizado, el agotamiento no desaparecía aunque descansara, tenía problemas para dormir y presentaba dificultades para concentrarse o recordar ciertas cosas.
Toda esta situación derivó en el diagnóstico de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica. Así lo afirma la abogada Marina Alaminos a través de su cuenta de Instagram (@marinaalaminos), ya que ha sido la encargada de llevar el caso de Rubén por agravamiento de su incapacidad permanente.
Tras ser consciente de que su situación había empeorado, Rubén buscó ayuda especializada para que analizarán su caso. Por ello, se puso en contacto con la Abogada Marina Alaminos, que analizó cómo había evolucionado desde que le reconocieron la incapacidad permanente total.
«Su situación había cambiado. Ya no se trataba únicamente de que no podía realizar esfuerzos físicos. El dolor, la fatiga y las dificultades cognitivas comprometían también su capacidad para mantener una actividad laboral sedentaria», explica Alaminos.
De incapacidad total a incapacidad permanente absoluta
La abogada Marina Alaminos presentó una solicitud por agravamiento del estado de salud de Rubén, reclamando el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta para él. Sin embargo, el INSS no cambió su criterio anterior y mantuvo la incapacidad permanente total.
A pesar del rechazo inicial, Alaminos presentó una Reclamación Previa por la vía administrativa. Al respecto, comenta lo siguiente: «Defendimos que no bastaba con decir que Rubén podía hacer un trabajo ‘más ligero’. Había que preguntarse si realmente podía mantenerlo, cumplir horarios, concentrarse, rendir y acudir con regularidad.
En esta ocasión, el INSS estudió toda la documentación y no fue necesario llegar a juicio. Así, la Seguridad Social estimó la solicitud de Reclamación Previa y reconoció a Rubén el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta para toda profesión.
Con este reconocimiento, Rubén pasará a percibir una pensión contributiva de incapacidad permanente con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora. Además, la pensión de incapacidad absoluta está exenta de tributar por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Como conclusión, en relación a este tipo de casos, Marina Alaminos manifiesta que «cuando han pasado años desde que se reconoció una incapacidad permanente, no debemos quedarnos únicamente con el diagnóstico inicial: hay que estudiar cómo ha evolucionado realmente el estado de salud y qué capacidad laboral conserva actualmente la persona».




