Un hombre de 63 años ha logrado acceder a la jubilación anticipada por discapacidad tras una larga batalla administrativa y judicial, después de que la Seguridad Social rechazara inicialmente su solicitud. La resolución final, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, le permite cobrar el 100% de su pensión sin penalización.
Un caso que cambia el enfoque sobre el origen de la discapacidad
El origen de este caso se remonta a la infancia del trabajador, cuando sufrió un traumatismo craneoencefálico con tan solo tres años. Las secuelas de aquel accidente han marcado su vida adulta, provocándole diversas patologías, entre ellas episodios epilépticos, problemas en el sistema genitourinario y limitaciones en la movilidad de la columna.
A pesar de convivir durante décadas con estas dolencias, no fue hasta 2010 cuando se le reconoció oficialmente un grado de discapacidad del 57%. A partir de ese momento, su situación quedó acreditada administrativamente.
En 2023, ya con 63 años, decidió solicitar la jubilación anticipada por discapacidad, una modalidad que permite adelantar la edad de jubilación en determinados casos sin aplicar coeficientes reductores en la pensión.
El rechazo inicial de la Seguridad Social
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó su solicitud alegando que no cumplía uno de los requisitos clave: haber cotizado al menos 15 años con el grado de discapacidad reconocido.
Este criterio dejaba fuera a muchos trabajadores cuya discapacidad, aunque existente desde etapas tempranas de la vida, no había sido reconocida oficialmente hasta años después.
Sin embargo, ese mismo año se produjo un cambio normativo relevante. En junio de 2023, el Gobierno modificó las condiciones de acceso a esta modalidad de jubilación anticipada para personas con discapacidad igual o superior al 45%.
Con la reforma, se mantiene la obligación de haber cotizado un mínimo de 15 años, pero solo se exige que cinco de esos años se hayan trabajado con la discapacidad reconocida, flexibilizando así el acceso.
La vía judicial le da la razón
Tras la negativa administrativa, el trabajador llevó su caso ante los tribunales. En primera instancia, un juzgado de lo social de Zaragoza falló a su favor, reconociendo su derecho a la jubilación anticipada.
La Seguridad Social recurrió la decisión, pero finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirmó la sentencia inicial y dio carácter definitivo al reconocimiento.
La clave del fallo reside en la interpretación del origen de la discapacidad. El tribunal considera que las secuelas deben computarse desde el momento en que se produjo la lesión, es decir, desde la infancia, y no desde la fecha en que se reconoció oficialmente el grado de discapacidad.
Pensión íntegra y posible impacto en futuros casos
Gracias a esta resolución, el trabajador podrá percibir una pensión cercana a los 3.000 euros mensuales, equivalente al 100% de su base reguladora, sin ningún tipo de reducción por adelantar su jubilación.
Además, esta sentencia abre la puerta a otros casos similares. Especialmente, puede tener relevancia en situaciones de daño cerebral o patologías de origen temprano cuyo reconocimiento administrativo se haya producido años después.
El fallo pone el foco en una cuestión clave: la diferencia entre el momento en que surge una discapacidad y el momento en que se reconoce oficialmente. Una distinción que podría resultar determinante para otros trabajadores en circunstancias parecidas.
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