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El Tribunal Supremo establece un cambio clave en la jubilación activa en España

Alejandro Perdigones
02/07/2026 13:30
en Prestaciones
El Tribunal Supremo establece un cambio clave en la jubilación activa en España

El Tribunal Supremo establece un cambio clave en la jubilación activa en España./ Licencia Adobe Stock

Una sentencia del Tribunal Supremo ha provocado un cambio clave en la modalidad de jubilación activa en relación al cobro del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Se trata de una modificación relevante que contradice la norma que venía aplicando la Seguridad Social.

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En concreto, el Tribunal Supremo establece que el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se debe calcular sobre la cuantía de la pensión inicialmente reconocida. Es decir, sobre el 100% de la cuantía de la pensión y no sobre el 50% que se aplica durante la situación de jubilación activa.

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Jubilación activa y complemento en la pensión

La jubilación activa es una modalidad de jubilación que permite al trabajador compatibilizar el porcentaje de la cuantía de la pensión de jubilación con los ingresos procedentes de la actividad laboral. Habitualmente, se establecía un 50% de la pensión, aunque esta normativa ha variado recientemente para favorecer el envejecimiento activo y para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones en España.

Por otro lado, el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones es un complemento económico que pueden percibir en la pensión de jubilación los ciudadanos que hayan sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.

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Hasta el momento, la Seguridad Social calculaba el importe del complemento sobre el 50% de la pensión de jubilación que percibía el trabajador durante el periodo de jubilación activa. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha determinado que dicha reducción de la pensión solamente se aplica durante el tiempo que dura la jubilación activa, aunque no altera el importe inicial de dicha pensión de jubilación.

La sentencia del Tribunal Supremo ratifica la decisión de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que, a su vez, confirma el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Santander. Por tanto, se reconoce a la persona demandante el derecho a cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones sobre el 100% de su pensión de jubilación en relación al periodo que ha estado en situación de jubilación activa.

De este modo, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto de manera conjunta por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para la unificación de doctrina.

La nueva norma sobre la jubilación activa

La reciente sentencia del Tribunal Supremo, fechada en el mes de marzo de 2026, pone fin a la disparidad de criterios existentes en los diferentes tribunales de justicia en relación a esta situación. Algunos tribunales entendían que el complemento debía calcularse sobre el 100% de la pensión y otros en base al 50%, manteniendo el criterio de la Seguridad Social.

Este caso responde a un trabajador autónomo que en el mes de marzo de 2018 comenzó a cobrar la pensión contributiva de jubilación a través de la modalidad de jubilación activa. Debido a ello, percibió el 50% de la cuantía de su pensión de jubilación hasta el 31 de diciembre de 2023, momento en el que comenzó a cobrar el 100% de su pensión y pasó a la jubilación completa.

El ciudadano falleció en marzo de 2024. Sin embargo, sus herederos siguieron adelante con una reclamación judicial en relación al complemento por maternidad (hoy complemento para reducir la brecha de género en las pensiones) que el causante había solicitado en el mes de septiembre de 2021.

Concretamente, el INSS había reconocido el complemento económico por la pensión, pero únicamente calculando sobre el 50% de la pensión de jubilación durante los años que el causante estuvo en situación de jubilación activa.

Así, después de un largo proceso judicial, el Tribunal Supremo ha determinado que la cuantía del complemento debe calcularse sobre el 100% del importe de la pensión de jubilación, y no sobre el porcentaje de pensión que el ciudadano percibe durante el periodo de jubilación activa.

Desde Unive Abogados explica que este fallo judicial del Alto Tribunal puede tener consecuencias económicas importantes en aquellas personas que accedieron a la jubilación activa y se les aplicó el importe del complemento por el 50% de la cuantía de la pensión.

Alejandro Perdigones
Alejandro Perdigones

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