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El carnet de conducir para personas mayores de 65 años no se renovará cada 10 años: la DGT informa de los nuevos periodos de renovación a partir de esa edad

Francisco Zuasti
Francisco Zuasti 06/09/2026 22:57

En España no existe un límite de edad para conducir: lo que determina si una persona puede seguir haciéndolo es su estado de salud y sus aptitudes, no los años que figuren en su DNI. Ahora bien, según recoge la Dirección General de Tráfico (DGT), al cumplir los 65 años el permiso pasa a renovarse cada cinco años en el caso de coches y motos, y cada tres en los permisos profesionales. Además, quienes superan los 70 años quedan exentos de abonar la tasa de tráfico, que actualmente asciende a 24,58 euros.

Cabe recordar que este acortamiento de la vigencia no es una penalización, sino un mecanismo de seguimiento: al reducirse el plazo, aumenta la frecuencia con la que el conductor pasa por el reconocimiento médico y psicotécnico.

Cuánto dura el carnet a partir de los 65 años

La DGT establece dos plazos máximos de vigencia en función del tipo de permiso:

  • 5 años: permisos de coches, motos y ciclomotores (AM, A1, A2, A y B) y licencias de conducción.
  • 3 años: permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1 y equivalentes).

Es decir, un conductor de 66 años con carnet B tendrá que volver a pasar por el Centro de Reconocimiento de Conductores un lustro después, mientras que un profesional del transporte de la misma edad deberá hacerlo dos años antes.

El examen médico es el mismo a cualquier edad

Uno de los puntos que suele generar dudas es si a los mayores se les exige más. La respuesta de Tráfico es clara: los criterios que se evalúan en el reconocimiento son idénticos para todas las edades. No hay pruebas adicionales por haber cumplido 65 o 75 años.

Lo que sí puede variar es el resultado. Si durante la revisión se detecta una enfermedad o una deficiencia que no impide renovar, pero que es susceptible de agravarse con el tiempo, el periodo de validez concedido será más corto. Como contrapartida, en ese caso también se reduce proporcionalmente la tasa que hay que abonar.

Cuánto cuesta renovar y quién no paga

El trámite tiene un coste de 24,58 euros en concepto de tasa de tráfico —la denominada tasa 4.3—, a la que hay que sumar el importe que cobre el centro médico por el reconocimiento.

A partir de los 70 años, sin embargo, la renovación pasa a ser gratuita en su parte administrativa: el conductor solo tiene que hacer frente al precio del reconocimiento médico, ya que queda exento de la tasa.

Cómo se hace el trámite paso a paso

El procedimiento es prácticamente idéntico al de cualquier otra renovación y se resuelve en una única visita:

  1. Acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado e indicar que se quiere renovar el permiso.
  2. Realizar allí el reconocimiento médico y la renovación completa, incluida la fotografía, que se hace en el momento.
  3. Abonar el reconocimiento y, si procede, la tasa de tráfico.
  4. Recibir un permiso provisional con el que se puede circular por España mientras llega el definitivo.
  5. Esperar el documento definitivo en el domicilio, que llega en aproximadamente mes y medio sin más trámites ni pagos.

Sin cita previa en las Jefaturas para los mayores de 65

Tráfico mantiene además una medida específica para este grupo de edad: quienes tengan 65 años o más pueden acudir sin cita previa a las oficinas de la DGT dentro del horario de atención que fije cada Jefatura, donde el personal les orienta sobre cómo completar las gestiones.

Hay una condición importante: el trámite debe ser para uno mismo, no se admite realizarlo en nombre de otra persona. Asimismo, la propia DGT advierte de una excepción relevante:

El canje de permisos de países con convenio no puede realizarse sin cita, ya que la verificación con el país de origen obliga a tramitarlo siempre con cita previa.

Con todo, el mensaje de fondo que traslada la Administración es que envejecer no equivale a dejar de conducir. La renovación más frecuente funciona como un filtro de seguridad periódico que permite detectar a tiempo pérdidas de visión, audición o reflejos, de modo que quien conserva las aptitudes necesarias pueda seguir al volante sin restricciones añadidas.