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¿Es posible obtener una incapacidad permanente en España por acoso laboral?

El acoso laboral puede derivar en el desarrollo de diferentes enfermedades que ocasionen el derecho a una incapacidad permanente

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
30/06/2025 11:00
Publicado en Prestaciones
Incapacidad permanente por acoso laboral en España

Incapacidad permanente por acoso laboral en España./ Licencia Adobe Stock

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El acoso laboral puede ser motivo para que un trabajador acceda a una baja médica. Además, el acoso laboral también puede acabar derivando en el reconocimiento de una incapacidad permanente. Eso sí, hay que tener en cuenta ciertos aspectos.

Una incapacidad permanente es un tipo de pensión contributiva que trata de paliar la pérdida de ingresos que sufre un ciudadano en España a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral. Esta patología también puede ser una enfermedad mental.

¿Cómo actuar ante una situación de acoso laboral?

Los abogados de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad laboral, explican que «el mobbing o acoso laboral se trata de una situación que se produce en el entorno de trabajo y que consiste en acosar al trabajador de forma continua y reiterada, con la intención de menoscabar su dignidad o integridad psíquica».

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Con todo ello, el acoso laboral puede derivar en consecuencias psíquicas e incluso físicas que llevan al trabajador a solicitar una baja laboral por incapacidad temporal. En ocasiones, enfermedades como la ansiedad, depresión u otros trastornos mentales se pueden volver irreversible y generar limitaciones importantes en la persona afectada para desarrollar su profesión habitual o cualquier otra actividad laboral.

Además, estas patologías tendrán que considerarse como enfermedad profesional a la hora de determinar el origen de la contingencia para una baja laboral o una incapacidad permanente. Para ello, se debe demostrar que su origen se basa en factores laborales.

En definitiva, tal y como indican desde ‘Fidelitis’, cuando una persona sufre acoso laboral, debe actuar de la siguiente manera:

  • Informar a la empresa y presentar una denuncia frente a la ‘Inspección de Trabajo’.
  • En ocasiones, también se puede llevar el caso a la vía judicial.
  • Solicitar una baja laboral por incapacidad temporal.

Desde ‘Fidelitis’ informan que «nuestra legislación de Seguridad y Salud en el Trabajo carece de una regulación básica sobre este tipo de riesgos tanto en el sector público como en el privado. No obstante, la doctrina se encamina a reconocer las enfermedades psíquicas como accidentes de trabajo, dado que la baja laboral es debida a una patología causada por el ambiente y las condiciones de trabajo».

Incapacidad permanente por acoso laboral

El acoso laboral no constituye una causa específica por la que se puede reconocer una incapacidad permanente. Sin embargo, debido a diferentes enfermedades derivadas de la situación de acoso laboral, sí es posible obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente.

Precisamente, en los últimos días se ha dado a conocer un caso en el que un Policía Nacional ha conseguido una incapacidad permanente tras denunciar una situación de acoso laboral. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado que el trabajador cumple las condiciones necesarias para cobrar una incapacidad permanente.

Esta sentencia judicial, desvelada por los compañeros de ‘El Confidencial’ determina que «se considera acreditada la directa y exclusiva vinculación del trastorno psiquiátrico que determinó la incapacidad para la profesión del recurrente y su actividad laboral en la comisaría».

Por tanto, existen situaciones en las que el acoso laboral puede derivar en el reconocimiento de una incapacidad permanente para el trabajador afectado. Para ello, es necesario que las patologías derivadas de acoso laboral provoquen limitaciones y secuelas en el trabajador para desarrollar su profesión habitual o cualquier otra actividad laboral.

Temas: Incapacidad PermanentePensión

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