El proceso de solicitud de incapacidad permanente suele ser complejo. En la mayoría de casos, el reconocimiento de la incapacidad permanente no se obtiene en el primer intento. Sin embargo, ante una solicitud denegada existen varias opciones para el trabajador.
La Seguridad Social, y más concretamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), es el organismo que se encarga de reconocer una incapacidad permanente a un trabajador en España. Hay que recordar que las pensiones de incapacidad permanente forman parte de las pensiones contributivas y, por tanto, suponen un gasto para las arcas del Estado.
Opciones ante la denegación de una incapacidad permanente
Si un ciudadano presenta una solicitud de incapacidad permanente y es denegada por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), es aconsejable no tirar la toalla. La realidad es que existen varias alternativas.
A continuación, enumeramos las opciones de un trabajador ante la denegación de una solicitud de incapacidad permanente por el INSS:
- Presentar una Reclamación Previa.
- Acudir a la vía judicial.
- Resignarse y continuar trabajando.
Cuando una solicitud de incapacidad es denegada, la primera opción que tiene el trabajador (en caso de seguir el proceso) es presentar una Reclamación Previa por la vía administrativa. La Reclamación Previa puede salvar, en determinados casos, el acceso a la vía judicial.
En concreto, la Reclamación Previa debe presentarse en un plazo de 30 días hábiles desde la resolución negativa del INSS. A partir de ahí, el INSS dispone de 45 días para responder a la Reclamación Previa. En caso de no responder, dicha reclamación se considera como denegada por silencio administrativo.
Aunque muchas personas no lo hacen, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista para presentar la Reclamación Previa; incluso desde el inicio del procedimiento. Puede marcar la diferencia para lograr la incapacidad permanente.
La vía judicial como última alternativa
Supongamos que el INSS vuelve a denegar la Reclamación Previa al trabajador. En este caso, el trabajador debe saber que no todo está perdido. Aún queda la posibilidad de pelear la incapacidad permanente por la vía judicial.
Tras la denegación de la Reclamación Previa, el trabajador cuenta con 30 días hábiles para presentar la demanda judicial contra el INSS. «Estos días se cuentan desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa, o desde el día en que comience el silencio administrativo», manifiestan desde ‘CampmanyAbogados‘.
Antes de presentar una demanda judicial, es conveniente que un abogado analice la situación del trabajador, sus dolencias y su profesión habitual. Teniendo en cuenta una visión amplia del caso, este abogado puede determinar las posibilidades de éxito al acudir a la vía judicial.
Hay que tener en consideración que un juicio contra el INSS puede ser duro y alargarse en el tiempo. Sin embargo, también hay que poner en una balanza la satisfacción de poder conseguir el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente. De hecho, son numerosos los casos de trabajadores que han logrado la incapacidad laboral en un juzgado tras la denegación previa del INSS.
Por otro lado, si el trabajador se resigna, también puede poner punto y final al proceso tras la primera denegación por parte del INSS. Sin embargo, siempre es recomendable seguir luchando; especialmente si existen motivos evidentes para ello.




