La fecha de efectos económicos es un aspecto fundamental cuando se produce una resolución favorable sobre una solicitud de incapacidad permanente. Hablamos de una fecha clave porque determina desde cuándo nace el derecho del trabajador a percibir la pensión contributiva de incapacidad permanente.
Hay que tener en cuenta que la fecha de efectos económicos no siempre suele coincidir con la fecha de resolución o la fecha de solicitud de incapacidad permanente. Debido a este hecho, se trata de un aspecto que puede generar confusión en los ciudadanos.
La importancia de la fecha de efectos económicos
Los profesionales de ‘Fidelitis’, abogados especialistas en incapacidad laboral permanente, explican que «la fecha de efectos económicos es el día a partir del cual la Seguridad Social considera que tienes derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente».
Tal y como hemos indicado, la fecha de efectos económicos en el reconocimiento de una incapacidad permanente es clave porque establece desde cuándo el ciudadano tiene derecho a cobrar la pensión. Además, también determina si el trabajador tiene derecho a percibir atrasos y el periodo que debe abonarle la Seguridad Social.
En este sentido, es preciso remarcar que una diferencia de semanas o meses en la fecha de efectos económicos puede tener un impacto importante en relación a lo que le corresponde cobrar al ciudadano por la incapacidad permanente.
Habitualmente, la fecha de efectos económicos queda recogida en la resolución emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En dicha resolución también figuran otros datos relevantes, como la base reguladora, el importe de la pensión, el porcentaje aplicado o el grado de incapacidad permanente reconocido.
Cuándo se fija la fecha de efectos económicos en una incapacidad permanente
La fecha de efectos económicos no siempre se establece de la misma manera, ya que depende de cada caso en particular. Según indican desde ‘Fidelitis’, el INSS suele tomar como referencia los siguientes acontecimientos como fecha de efectos económicos en una incapacidad permanente:
- Fecha del dictamen-propuesta.
- Fecha de extinción de la incapacidad temporal.
- Fecha de extinción de la baja laboral por incapacidad temporal.
En caso de no estar de acuerdo con la fecha de efectos económicos establecida por el INSS, el trabajador puede presentar una Reclamación Previa. Además, también tiene la posibilidad de impugnar la resolución por la vía judicial.
Tal y como hemos comentado anteriormente, la fecha de efectos económicos puede ser determinante para el cobro de atrasos que le corresponden al trabajador en relación a la incapacidad permanente.
De hecho, desde ‘Fidelitis’ informan a los trabajadores que «si la fecha de efectos económicos es anterior a la resolución, la Seguridad Social deberá abonar las cantidades generadas desde esa fecha hasta el momento en que empiece a pagarse la pensión con normalidad».
En definitiva, los trabajadores deben tener en cuenta que en una resolución de incapacidad permanente intervienen múltiples factores que pueden ser relevantes en relación al cobro de la pensión. Más allá del grado de incapacidad reconocido, la fecha de efectos económicos también es relevante en relación a lo que corresponde percibir al ciudadano.






