Las posibles compatibilidades de las pensiones de incapacidad permanente suelen generar muchas dudas entre los ciudadanos, especialmente entre las personas perceptoras de este tipo de pensiones contributivas.
En este sentido, el CEO y abogado de ‘Fidelitis’, Lorenzo Pérez, ha mandado un mensaje de aclaración en relación a la posible compatibilidad entre una pensión de incapacidad permanente y la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Cobrar una incapacidad permanente y el IMV
Lorenzo Pérez, CEO de ‘Fidelitis’, señala que «cobrar una incapacidad permanente no significa que automáticamente quedes fuera del Ingreso Mínimo Vital». La realidad es que existen ciertas circunstancias en las que se puede percibir ambas prestaciones a la vez.
Una incapacidad permanente es una pensión contributiva que tiene como objetivo proteger económicamente a un ciudadano que no puede trabajar debido a una lesión o enfermedad. En España existen cuatro grados diferentes de incapacidad permanente.
El Ingreso Mínimo Vital, por su parte, «es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas», tal y como informan desde la Seguridad Social.
Para tener derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital, entre otros requisitos, es necesario acreditar una situación de vulnerabilidad económica a través de un requisito de carencia de rentas. Por este motivo, muchas personas creen que percibir una pensión de incapacidad permanente anula automáticamente toda posibilidad de cobrar la prestación del IMV de forma simultánea.
Al respecto, Lorenzo Pérez advierte que «miles de pensionistas podrían estar renunciando a esta ayuda sin saberlo». Además, asegura que «puedes cobrar una incapacidad permanente y el Ingreso Mínimo Vital al mismo tiempo».
Cómo cobrar ambas prestaciones al mismo tiempo
La compatibilidad entre la incapacidad permanente y el Ingreso Mínimo Vital no depende directamente del grado de incapacidad reconocido o del grado de discapacidad. Según argumenta el CEO de ‘Fidelitis’ a través de un vídeo publicado en su cuenta de Instagram (@fidelitis), «la clave está en algo que muchas personas desconocen».
Así, Lorenzo Pérez comenta que «el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tendrá en cuenta tu pensión, tus ingresos, tu patrimonio y la situación de tu unidad de convivencia para decidir si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital». Del mismo modo, puntualiza que «la pensión de incapacidad permanente cuenta como ingreso, pero eso no significa que automáticamente te quedes fuera».
En la teoría no existe ninguna normativa que establezca la incompatibilidad por Ley entre la incapacidad permanente y la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Sin embargo, en la práctica suele ser complicado debido a los requisitos de carencia de rentas que se exigen para tener derecho a percibir el IMV.
Como conclusión, Lorenzo Pérez indica que «si tus ingresos están por debajo de los límites establecidos, podrías tener derecho al Ingreso Mínimo Vital aunque ya estés cobrando una pensión de incapacidad permanente».
En cualquier caso, cada situación debe analizarse de forma individual. Aunque no exista compatibilidad con el IMV, es posible que existan otras ayudas compatibles con la pensión de incapacidad permanente que recibe el ciudadano en particular.




