Una profesora de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, funcionaria interina y de 32 años cuando sufrió una hemorragia cerebelosa en agosto de 2022, ha terminado obteniendo la gran invalidez que el INSS le había denegado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en noviembre de 2025 la sentencia que se la negaba y, tras retrotraer las actuaciones, el juzgado le reconoció la prestación en junio de 2026 con efectos económicos desde febrero de 2023, según ha informado el diario jurídico Confilegal.
Qué reconoció el INSS y qué le negó
Tras la hemorragia, la profesora quedó con secuelas neurológicas permanentes. En febrero de 2023 el INSS le reconoció una incapacidad permanente absoluta, pero rechazó el grado superior, el de gran invalidez, que es el que se concede cuando la persona necesita la ayuda de un tercero para los actos esenciales de la vida diaria y que lleva aparejado un complemento económico.
La diferencia entre un grado y otro no es menor. Según los datos que recoge Confilegal, la base reguladora del caso supera los 2.800 euros mensuales y el complemento de gran invalidez, más de 1.300 euros.
El error que corrigió el tribunal
El Juzgado de lo Social número 34 de Madrid había denegado la gran invalidez en primera instancia apoyándose en un informe médico de abril de 2024, es decir, más de un año posterior a la resolución que se estaba discutiendo. El TSJ madrileño consideró que ese no era el momento a valorar y anuló la sentencia.
El abogado que llevó el caso, Abelardo Moreno, resumió así el criterio: «En estos casos debe atenderse al cuadro clínico que la trabajadora presentaba en el momento de la declaración de incapacidad que se impugna, y no a uno posterior».
Por qué este criterio afecta a miles de expedientes
Es un problema recurrente en los pleitos de incapacidad. Entre la resolución del INSS y el juicio suelen pasar meses o años, tiempo en el que la persona se rehabilita, aprende a compensar limitaciones o simplemente presenta mejor aspecto clínico. Si el juzgado valora esa foto tardía, la prestación se pierde por una razón ajena al momento que se juzga.
Cabe recordar que los tribunales vienen delimitando con cuidado los contornos de este grado, como cuando el Tribunal Supremo ha precisado que la ceguera legal no equivale automáticamente a gran invalidez.
Con todo, el reconocimiento llegó casi cuatro años después del ictus. Ese desfase, y no solo el fallo, es lo que explica que la vía judicial siga siendo el destino habitual de una parte importante de las solicitudes rechazadas. Antes de recurrir conviene tener claras las cuantías que están en juego según el grado y las compatibilidades de la incapacidad permanente con otras prestaciones.




