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La pensión del mes en que fallece el titular se cobra entera: lo que la Seguridad Social paga a los herederos y lo que reclama después

La mensualidad completa y la parte proporcional de la paga extra corresponden a los familiares, pero cualquier ingreso posterior debe devolverse.

Francisco Zuasti
27/08/2026 21:45
Prestaciones
La Seguridad Social reclama del 1 de enero al 30 de septiembre la fe de vida y suspenderá la pensión a quien no lo cumpla

La Seguridad Social

Cuando muere un pensionista, la Seguridad Social abona la mensualidad completa del mes del fallecimiento, sin prorratear los días. A esa cantidad se suma la parte proporcional de la paga extraordinaria devengada hasta esa fecha. Ese dinero corresponde a los familiares o herederos y se solicita al INSS mediante el procedimiento de pago de prestaciones devengadas y no percibidas. Por el contrario, cualquier importe ingresado en los meses posteriores debe ser devuelto.

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Quién puede reclamar ese pago

El orden lo fija la normativa: en primer lugar el cónyuge o pareja de hecho superviviente, después los hijos y, en su defecto, el resto de herederos que acrediten su condición. La solicitud requiere el certificado de defunción y la documentación que pruebe el parentesco.

Es decir, no es un trámite automático. Si nadie lo pide, la cantidad no se abona.

Las cantidades cobradas de más

Las entidades bancarias tienen la obligación de comunicar los abonos posteriores al fallecimiento y de reintegrarlos. Si el dinero ya se ha dispuesto, el INSS reclama la devolución a quienes lo retiraron.

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Asimismo, el organismo puede iniciar un expediente de reintegro de prestaciones indebidas. Cuanto antes se comunique la defunción, menor es el riesgo de acumular meses pendientes de devolver.

Qué prestaciones se abren a partir de ahí

  • La pensión de viudedad, con efectos desde el día siguiente al fallecimiento si se solicita en tres meses.
  • La pensión de orfandad para los hijos que cumplan los requisitos de edad e ingresos.
  • El auxilio por defunción, una ayuda de cuantía tasada destinada a los gastos del sepelio.
  • La prestación en favor de familiares, en los supuestos previstos por la ley.

Un trámite que conviene no dejar pasar

El plazo general de prescripción de estas cantidades es amplio, pero la experiencia demuestra que los expedientes se complican cuando pasan meses y aparecen varios herederos. Presentar la solicitud junto con la de viudedad simplifica el proceso.

Cabe recordar que la nómina de las pensiones se ingresa a comienzos de mes, aunque algunas entidades la adelantan varios días. Puedes consultar también los requisitos que exige la pensión de viudedad. Las cuantías mínimas de este año están en el Real Decreto 39/2026 del BOE.

Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Experto en accesibilidad universal y discapacidad en Tododisca. Lesionado medular con un 90% de grado de discapacidad desde el 2008 y con un grado 3 de dependencia. Deportista adaptado en la modalidad de tenis de mesa y handbike, quedando tercero en campeonato de España. Master en Accesibilidad Universal y diseño para todos de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC). Empresario y CEO de Tododisca, Goframa y Grupo Iniciativas. Premio mejor autónomo de España en 2025 por la Federación Nacional de Autónomos (ATA)

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