Adiós a los «centros especiales de empleo»: desde el 23 de octubre pasó a llamarse EIDIS y la ley exige igual salario por trabajo de igual valor

Llevan décadas siendo una de las principales vías de empleo para las personas con discapacidad en España. Pero desde el pasado jueves 23 de octubre, los centros especiales de empleo dejarán de existir con ese nombre.

La Ley 4/2026 los rebautiza como empresas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad (EIDIS). Y no es solo un cambio de etiqueta.

Un nombre nuevo en todas las normas y convenios

La disposición adicional cuarta establece que todas las referencias a los centros especiales de empleo en leyes, reglamentos y convenios colectivos deberán entenderse hechas a las nuevas EIDIS. Los de iniciativa social pasan a ser empresas de iniciativa social para la inclusión laboral.

El artículo 43 define a las EIDIS como aquellas cuyo objetivo principal es realizar una actividad productiva y asegurar un empleo remunerado a las personas con discapacidad.

Lo que cambia para los trabajadores

La reforma introduce garantías que hasta ahora no aparecían de forma expresa:

  • El empleo deberá ser digno, con condiciones justas.
  • Igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.
  • Derecho a ejercer los derechos laborales y sindicales, con los apoyos necesarios.
  • Los servicios de ajuste personal y social incluirán el acompañamiento en la preparación de la jubilación.

Lo que se mantiene

Las EIDIS tendrán que seguir contando con al menos un 70% de plantilla con discapacidad, sin contar al personal de los servicios de ajuste personal y social. Las empresas de iniciativa social conservan su régimen, aunque solo podrán reinvertir sus beneficios en otras empresas de este tipo de su mismo grupo.

Quedan tareas pendientes. El Gobierno tiene un año para aprobar un real decreto que actualice la relación laboral de carácter especial de estas empresas y otro que regule las medidas alternativas a la cuota de reserva del 2%.

Para los trabajadores, el cambio no afecta a sus contratos en vigor: su empresa simplemente pasará a figurar con la nueva denominación.