Cuidar de un familiar en situación de dependencia obliga a muchas personas, en su mayoría mujeres, a reducir su jornada o a dejar de trabajar. Esto tiene una consecuencia que a menudo no se tiene en cuenta: dejar de cotizar a la Seguridad Social, con el consiguiente impacto en la futura pensión.
Para evitarlo, existe el convenio especial para cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia. Desde el 1 de abril de 2019, las cuotas de este convenio corren a cargo de la Administración General del Estado, por lo que el cuidador no tiene que pagar nada.
Quién puede suscribirlo
Pueden suscribir este convenio las personas que han sido designadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atención (PIA) de la persona en situación de dependencia, cuando esta tiene reconocida la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Normalmente se trata del cónyuge o de familiares hasta el tercer grado de parentesco que conviven con la persona dependiente, aunque la normativa contempla excepciones en determinados casos.
Qué cubre el convenio
El convenio especial permite que el tiempo dedicado a los cuidados compute como cotizado para las siguientes prestaciones:
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Muerte y supervivencia, como las pensiones de viudedad y orfandad.
La cotización se realiza sobre la base mínima del Régimen General. Si la dedicación al cuidado es inferior a la completa, la base se reduce de forma proporcional.
Por qué es importante
Muchos cuidadores familiares pasan años, incluso décadas, atendiendo a una persona dependiente. Sin este convenio, ese tiempo supondría una laguna en su carrera de cotización, lo que podría impedirles alcanzar los 15 años mínimos para cobrar una pensión de jubilación o reducir de forma considerable su cuantía.
Con el convenio, ese periodo suma como cotizado, lo que ayuda a proteger la futura pensión de quien cuida.
Cómo se solicita
La solicitud se presenta ante la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o en una Administración de la Tesorería. Es necesario aportar la resolución que reconoce la situación de dependencia y el PIA en el que figura la persona como cuidadora no profesional.
Conviene solicitarlo cuanto antes una vez reconocida la prestación, ya que los efectos del convenio dependen de la fecha de la solicitud.
Cuándo se extingue
El convenio se extingue, entre otros supuestos, cuando fallece la persona cuidada, cuando deja de percibir la prestación económica para cuidados en el entorno familiar o cuando se designa a otra persona como cuidadora. En estos casos, es importante comunicar el cambio para evitar incidencias.
Un apoyo con una larga historia
Este convenio especial se creó con el desarrollo de la Ley de Dependencia, pero durante varios años sus cuotas dejaron de estar financiadas por el Estado, lo que provocó que muchos cuidadores se dieran de baja. La recuperación de la financiación pública en 2019 permitió que miles de personas volvieran a suscribirlo.
Por eso, quienes cuidaban de un familiar en aquella etapa y abandonaron el convenio pueden revisar su situación actual. Si siguen figurando como cuidadores no profesionales en el PIA, pueden volver a solicitarlo y que ese tiempo vuelva a contar para su jubilación.
La nueva Ley de Dependencia
El papel de los cuidadores familiares está en pleno debate tras la reforma de la Ley de Dependencia. En Tododisca explicamos que el Gobierno estudiará una prestación de la dependencia para que las familias contraten directamente a una trabajadora del hogar.
También repasamos cuándo se puede pedir que revisen el grado de dependencia si la situación de la persona ha empeorado.
En definitiva, los cuidadores no profesionales pueden seguir sumando años cotizados a la Seguridad Social sin coste alguno gracias a este convenio especial, una herramienta clave para proteger su futura jubilación.