Las obligaciones de quien cobra el paro: el SEPE puede sancionar o retirar la prestación si no se renueva la demanda de empleo, no se acude a una cita o se rechaza una oferta adecuada

Cobrar una prestación o un subsidio por desempleo no es un derecho sin condiciones. Los beneficiarios asumen una serie de obligaciones que el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas vigilan de forma periódica.

Incumplirlas puede tener consecuencias que van desde la pérdida temporal de la prestación hasta su extinción en caso de reincidencia, además de la obligación de devolver las cantidades cobradas de forma indebida. Estas obligaciones están recogidas en el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social.

Renovar la demanda de empleo

La primera obligación es mantener la inscripción como demandante de empleo y renovarla en las fechas que indique el servicio público de empleo. Cada comunidad autónoma fija su propio calendario y sus canales de renovación, que suelen incluir internet, aplicaciones móviles o cajeros específicos.

Olvidar la renovación es uno de los errores más frecuentes. Por eso, conviene anotar la fecha que aparece en la tarjeta o documento de demanda y activar recordatorios.

Cumplir el acuerdo de actividad

Al solicitar la prestación, el beneficiario suscribe el acuerdo de actividad, un compromiso por el que se obliga a buscar empleo de forma activa, a aceptar una colocación adecuada y a participar en las acciones de mejora de la empleabilidad que se le propongan, como cursos de formación u orientación.

El servicio público de empleo puede pedir que se acredite la búsqueda activa de empleo, por ejemplo, con justificantes de candidaturas o entrevistas.

Acudir a las citas

Los beneficiarios deben comparecer cuando sean citados por el SEPE, por el servicio público de empleo autonómico o por las agencias de colocación que colaboran con ellos. No acudir sin una causa justificada es una de las infracciones más habituales.

Si existe un motivo que impide acudir, como una enfermedad o una cita médica, es importante comunicarlo y justificarlo documentalmente lo antes posible.

Comunicar los cambios de situación

Otra obligación clave es comunicar al SEPE cualquier cambio que afecte a la prestación. Entre ellos se encuentran:

  • Empezar a trabajar, aunque sea por pocos días.
  • Salir al extranjero.
  • Cambios en las rentas propias o familiares, en el caso de los subsidios.
  • Cambios en el número de hijos a cargo o en el domicilio.

En el caso de los subsidios, la variación de rentas tiene especial importancia. En Tododisca explicamos, por ejemplo, que el dinero de la venta de una vivienda sí cuenta como renta para el subsidio de mayores de 52 años.

Aceptar una colocación adecuada

El beneficiario está obligado a aceptar las ofertas de empleo que se consideren colocación adecuada. La ley tiene en cuenta factores como la profesión habitual, la formación, la distancia al domicilio, el tiempo de desplazamiento y las condiciones del puesto. Rechazar sin causa justificada una oferta adecuada puede suponer la pérdida de la prestación.

Devolver lo cobrado indebidamente

Cuando se incumplen estas obligaciones o no se comunica un cambio a tiempo, el SEPE puede reclamar la devolución de lo cobrado durante el periodo en el que no se tenía derecho. Estas reclamaciones pueden llegar meses después, cuando el organismo cruza los datos con la Seguridad Social o con Hacienda.

Si se recibe una reclamación de este tipo, se puede presentar una reclamación previa si no se está de acuerdo. También es posible reanudar una prestación suspendida, y en Tododisca explicamos que el subsidio de 52 años se puede reanudar, aunque conviene hacerlo en los 15 días siguientes.

En definitiva, cumplir con estas obligaciones es la mejor garantía para no perder el paro. Renovar la demanda a tiempo, acudir a las citas y comunicar cualquier cambio evita sanciones y reclamaciones del SEPE.