El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho a la jubilación por incapacidad permanente absoluta a un profesor después de que la Junta de Andalucía le denegara inicialmente esta pensión por la vía administrativa.
Concretamente, hablamos de un maestro de Primaria y Educación Especial con varias patologías crónicas, como fibromialgia y síndrome de fatiga crónica. La resolución judicial del TSJ de Andalucía establece que dichas patologías «le impiden desarrollar cualquier actividad laboral».
La Junta de Andalucía le denegó la incapacidad permanente
En julio de 2024, el Equipo de Valoración de Incapacidades concluyó que este trabajador no estaba «afectado por una lesión o proceso patológico, estabilizado o irreversible». Por tanto, determinó que no le imposibilitaba para el desempeño de las funciones propias de su profesión.
Así, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía denegó a este funcionario del Cuerpo de Maestros la jubilación por incapacidad permanente. A pesar de la decisión administrativa, este maestro optó por seguir luchando.
Tras ello, presentó un recurso por la vía administrativa apoyándose en informes médicos. A través de esta reclamación argumentó que sufría fibromialgia, hipersensibilidad, síndrome de fatiga crónica y un trastorno adaptativo ansioso-depresivo. Este trabajador consideraba que sus dolencias eran absolutamente incapacitantes para el desarrollo de cualquier actividad laboral profesional.
De hecho, en la Reclamación Previa, el trabajador argumentó no encontrarse en condiciones de realizar «ningún tipo de tarea con normalidad y sin riesgos en el ámbito de la seguridad y salud laboral».
A pesar de ello, el Equipo de Valoración de Incapacidades volvió a ratificar su decisión inicial en el mes de septiembre de 2024. Con fecha de 17 de octubre de 2024, la Junta de Andalucía denegó definitivamente la jubilación por incapacidad permanente a este funcionario del Cuerpo de Maestros.
El TSJ de Andalucía da la razón al trabajador
Tras agotar todas las posibilidades por la vía administrativa, la única opción posible que quedaba era la vía judicial. Este profesor, afectado por varias patologías, decidió demandar a la Administración para reclamar el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente, una incapacidad permanente absoluta.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, finalmente, ha dado la razón al trabajador y le ha reconocido el derecho a la jubilación por incapacidad permanente absoluta. En concreto, el TSJ de Andalucía ha considerado acreditado que el trabajador «se encuentra incapacitado, de manera permanente, para el desempeño de cualquier actividad laboral con una mínima eficacia, productividad y rendimiento como el exigido hoy en día en todo tipo de trabajo e, incluso, para el desarrollo de algunas de las actividades básicas de la vida diaria».
Durante el proceso judicial, el informe pericial aportado por el maestro ha resultado clave para la resolución final. Además, desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía también se ha tenido en cuenta el informe médico aportado por el Equipo de Valoración de incapacidades (EVI).
Respecto al informe del EVI, la sentencia reconoce que «no solo no desmiente las conclusiones», sino que «refrenda el carácter invalidante de los padecimientos, no precisamente transitorios». Por ello, ha determinado que el trabajador tiene derecho a la jubilación por incapacidad permanente absoluta.