La Seguridad Social confirma las pensiones mínimas de 2026: hasta 1.256 euros al mes para los jubilados que cumplan estos requisitos

La Seguridad Social garantiza una pensión mínima a los jubilados cuya prestación, por haber cotizado poco o con bases bajas, no alcanza una determinada cantidad. En 2026, estas cuantías han subido en torno a un 7%, y un 11,4% en el caso de los pensionistas con cónyuge a cargo, muy por encima del 2,7% de la revalorización general.

La subida se aprobó con el Real Decreto-ley 3/2026, convalidado por el Congreso el 26 de febrero. Según el Gobierno, la pensión mínima de jubilación para un hogar unipersonal pasó de 12.241,60 euros anuales en 2025 a 13.106,80 euros en 2026.

Pensión mínima con 65 años o más

Para los jubilados que tienen 65 años o más, las cuantías mínimas mensuales en 14 pagas son las siguientes:

  • Con cónyuge a cargo: 1.256,60 euros al mes (17.592,40 euros al año).
  • Sin cónyuge, es decir, en una unidad económica unipersonal: 936,20 euros al mes (13.106,80 euros al año).
  • Con cónyuge no a cargo: 888,70 euros al mes (12.441,80 euros al año).

Pensión mínima con menos de 65 años

Para quienes se jubilan antes de los 65 años, las cuantías son algo inferiores, salvo en el caso de quienes tienen cónyuge a cargo:

  • Con cónyuge a cargo: 1.256,60 euros al mes.
  • Sin cónyuge: 875,90 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 827,90 euros al mes.

Los jubilados de 65 años procedentes de una gran invalidez tienen un mínimo más alto, que en 2026 es de 1.884,70 euros al mes con cónyuge a cargo y de 1.404,30 euros sin cónyuge.

Los límites de ingresos

No todos los jubilados con pensiones bajas reciben el complemento hasta alcanzar estas cantidades. Para cobrarlo es necesario no superar un límite de ingresos ajenos a la propia pensión, como rentas del trabajo, del capital o de alquileres:

  • Sin cónyuge a cargo: 9.442 euros al año.
  • Con cónyuge a cargo: 11.013 euros al año.

Si los ingresos superan estos límites, no se tiene derecho al complemento o se cobra de forma reducida. Además, es necesario residir en territorio español para percibirlo.

Qué significa tener cónyuge a cargo

Se considera que el pensionista tiene cónyuge a cargo cuando convive con él y depende económicamente del beneficiario, porque sus propios ingresos no superan determinados límites. Esta situación, que eleva notablemente la pensión mínima, debe acreditarse ante la Seguridad Social.

Un límite para las nuevas pensiones

Hay que tener en cuenta que, para las pensiones causadas a partir de 2013, el complemento a mínimos no puede superar la cuantía de la pensión no contributiva vigente en cada momento. Esta regla afecta sobre todo a quienes tienen pensiones contributivas muy bajas.

Hay que comunicar los cambios de ingresos

Los pensionistas que cobran el complemento a mínimos están obligados a comunicar a la Seguridad Social cualquier variación en sus ingresos o en su situación familiar que pueda afectar al derecho. El INSS cruza cada año sus datos con los de la Agencia Tributaria y, si detecta que se han superado los límites, puede reclamar la devolución de lo cobrado de más.

Por eso, conviene revisar la situación cuando se obtienen ingresos extraordinarios, como los derivados de la venta de un inmueble o de un premio, ya que pueden hacer que se supere el límite durante ese ejercicio.

Jubilarse con 15 años cotizados

Las pensiones mínimas tienen especial relevancia para quienes se jubilan con carreras cortas. En Tododisca explicamos que jubilarse con solo 15 años cotizados da acceso a una pensión mínima garantizada.

A estas cantidades se puede sumar el complemento para la reducción de la brecha de género, que en 2026 es de 36,90 euros al mes por hijo. Puedes leer quién puede cobrar este complemento.

En definitiva, la pensión mínima de jubilación en 2026 va de 827,90 a 1.256,60 euros al mes según la edad y la situación familiar, siempre que no se superen los límites de ingresos fijados por la Seguridad Social.